EXPLICó QUIéNES PUEDEN VOTAR Y CóMO

El cónsul en Uruguay informó del procedimiento para votar el 9-M

El cónsul general de España en Uruguay, Juan María López Aguilar, convocó una conferencia de prensa con la intención de que la prensa trasladara a todos los españoles residentes en el país diversos temas vinculados, sobre todo, con la futura elección del día 9 de marzo.
El cónsul en Uruguay informó del procedimiento para votar el 9-M
El cónsul general de España en Uruguay, Juan María López Aguilar, convocó una conferencia de prensa que incluyó a los medios de comunicación locales, y sobre todo a los que cubren las noticias españolas en Uruguay, con la intención de que la prensa trasladara a todos los españoles residentes en el país diversos temas vinculados, sobre todo, con la futura elección del día 9 de marzo.
En ese sentido puntualizó quiénes tienen derecho a votar en el exterior y dijo que estos recibirán por correo certificado en su domicilio la documentación para emitir el sufragio. Aclaró que tras recibir la documentación, existen dos procedimientos para enviar el sobre con el voto: una forma es certificando el sobre con el voto y la documentación complementaria en cualquier oficina de correo del país. El plazo para remitirlo por correo vence el viernes 7 de marzo a las 17,00 horas. La otra forma es depositando personalmente el voto en el Consulado General hasta el 2 de marzo inclusive, acudiendo con el pasaporte vigente en horario de 8,30 a 13,30, excepto el domingo día 2, que será de 8,00 a 18,00 horas.
En el caso de las elecciones en las ocho provincias de Andalucía, informó de que el voto se regula por igual procedimiento que las nacionales.
El cónsul confirmó las dos reuniones celebradas con la presidenta y el vicepresidente del correo uruguayo, donde se ajustaron detalles importantes a efectos de la correcta transmisión de la documentación.
Recordó que al votar en el correo, por tratarse de una oficina pública uruguaya, no se puede pedir que se lleve sólo un sobre. Diferente es el caso en el Consulado, en donde sí se exige pasaporte vigente y un solo voto por persona.
Con respecto a la actualización del censo, respondió que está al día, el único inconveniente que se presenta es que a veces las defunciones no se registran. Señalaron a su vez que todos los votos que no llegan a España se devuelven en un listado para su confirmación y depuración.
A otro de los temas que hizo referencia el cónsul fue a la futura Ley de Memoria Histórica, en especial el tema de la adquisición de la nacionalidad española, esperando a que se pueda poner en práctica para adaptarse a los futuros movimientos de la nueva nacionalidad para todos los nietos.
Al concluir la conferencia, López Aguilar comunicó las gestiones que viene realizando con Pluna, a fin de que haya un vuelo diario con España, y distribuyó las normas vigentes para el ingreso de ciudadanos uruguayos a España. En lo sustancial, dicen que los uruguayos que no vayan a permanecer más de 90 días no precisan visado.
Quienes quieran ingresar en territorio español deben presentar en los puestos fronterizos pasaporte en vigor y que no venza antes de 120 días, documento que acredite la condición de residente en Uruguay, pasaje de ida y vuelta con fecha de regreso fijado dentro de los 90 días, seguro de viaje y asistencia sanitaria con cobertura internacional mínima de 30.000 euros, alojamiento (sea reserva hotelera, invitación, etc) y, por último, medios económicos. Quien pretenda entrar debe portar un mínimo de 514 euros y 57 euros diarios por cada día de estancia adicional.