Se creará una ponencia en la Comisión Constitucional del Congreso para abordar la cuestión

Los otros grupos centran sus enmiendas a la reforma de la Loreg en establecer las máximas garantías democráticas al voto exterior

Los grupos en el Congreso presentaron el pasado día 20 sus respectivas enmiendas a la proposición de ley orgánica que PSOE y Unidas Podemos elevaron a la Cámara en 2019 para modificar la Loreg (Ley Orgánica del Régimen Electoral General) en el apartado que regula el voto de los residentes en el exterior.

Los otros grupos centran sus enmiendas a la reforma de la Loreg en establecer las máximas garantías democráticas al voto exterior

Además de las enmiendas introducidas por el propio grupo de Gobierno a su texto original, y de las PP (de las que ya dimos cuenta) cabe reseñar las de los demás grupos parlamentarios, que ponen el acento en algunos puntos que, a su juicio, merece la pena tener en cuenta para establecer las máximas garantías democráticas al voto del CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes).

Junts per Catalunya

Por lo que respecta al Grupo Parlamentario Plural, a instancias de la diputada de Junts per Catalunya Mariona Illamola i Dausà, destaca su enmienda sobre el envío de papeletas, que deberá incluir las de “todas las candidaturas que concurren a dicho proceso”, en la “circunscripción en la que vota cada elector”. Piden, además, que en ellas figuren los “nombres y logos” que las identifican. El objeto de esta enmienda es que “quede muy claro que deben enviarse todas las papeletas de las candidaturas que se presentan en tiempo y forma” y que no se pueda justificar de ninguna manera “el incumplimiento de estos principios”.

A la hora de la descarga, y en el marco del desarrollo de procesos electorales, piden que solo se pueda efectuar la descarga del juego completo de papeletas, “con el fin de garantizar el secreto de voto”.

Asimismo, incluyen a las embajadas y consulados entre las administraciones públicas que deberán garantizar los medios materiales y técnicos que faciliten a los electores el acceso a la información sobre el proceso electoral y a las papeletas descargables. En particular, deberán tener en cuenta “a aquellos que pudieran no disponer de medios telemáticos propios”, recoge la enmienda. Al respecto, añaden que, si fuera necesario, y previa petición del elector, la oficina consular enviará a este a su domicilio “el juego de papeletas impresas correspondientes a su circunscripción”.

Respecto al envío de la documentación, de lo que se habla en el punto 3 del artículo 75, proponen que se realice, además de por correo certificado, de forma telemática. La medida pretende sustituir la Disposición Adicional Novena de la proposición de Ley Orgánica de los grupos Socialista y de Unidas Podemos para que el envío telemático no sustituya el envío postal, sino que lo complemente. Dicha Disposición habla de adoptar medidas para sustituir de manera progresiva los envíos postales por un envío telemático que reúna garantías.

La enmienda del Grupo Plural coincide con la del PP en el punto 4 en lo que atañe a los plazos para depositar el voto en urna. Piden que se haga entre el octavo y el segundo día anteriores al día de la elección y no el tercero, como recogen los grupos del Gobierno. A su entender, “no tiene sentido” que se “aplique un criterio distinto para aquellos electores que en vez de enviar su voto por correo opten por hacerlo en urna en la oficina diplomática en cuestión”.

En el caso de que se habilitasen lugares complementarios a embajadas y consulados para depositar el voto, como recoge igualmente este punto, demandan que se lleve a efecto por parte de las administraciones consulares con anterioridad a cada proceso, atendiendo a habilitar aquellos espacios que puedan contribuir de manera eficaz a garantizar el derecho al voto y a que el proceso pueda llevarse a cabo con plenas garantías de transparencia y secreto de voto.

Asimismo, añaden que “en cada lugar de votación deberá garantizarse la presencia de al menos un funcionario consular durante el periodo completo de votación”.

Todo ello, justifican, deberá tenerse en cuenta con el fin de que se den las “suficientes medidas preventivas para garantizar el principio democrático en el ejercicio de dicho derecho y proteger la integridad del proceso electoral”.

En el caso de las elecciones autonómicas, proponen que el envío de los sobres depositados por los electores o los llegados por correo a los consulados o lugares habilitados sean remitidos de inmediato a la oficina que el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación deberá constituir a tal efecto, que, según demandan, deberá estar en territorio de la comunidad autónoma correspondiente.

La medida deberá adoptarse, explican, para “reducir al máximo” el tiempo empleado en el envío y “evitar que los votos no lleguen a tiempo al escrutinio en general”, como viene siendo habitual.

En el supuesto de que el sufragio de los residentes ausentes no sea practicable según lo dispuesto en este artículo, piden establecer, de modo excepcional, el voto por delegación o el voto electrónico con la intención, además de comenzar a hablar sobre cuáles deberían ser algunos de los procedimientos de voto en un futuro próximo.

Mediante consulta telemática, piden que los electores puedan verificar la correcta recepción de su voto en el escrutinio de su Junta Electoral de Zona y apuntan que se trabaja en la implementación de un sistema de notificaciones automáticas para aquellos electores que decidan ser informados del seguimiento del envío de su voto.

Grupo Mixto

El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias de la diputada canaria Ana Oramas, de Coalición Canaria (CC) presenta como única enmienda que los consulados honorarios de España en el extranjero también se habiliten como lugares de depósito de voto, en cuyo caso deberá de haber un funcionario consular o personal habilitado para la votación presencial y para custodiar las urnas.

BNG

Por parte del BNG, el diputado Néstor Rego pide que se “habiliten todas las dependencias consulares y todos los lugares autorizados posibles repartidos territorialmente que faciliten el acceso presencial y favorezcan el ejercicio del derecho de voto atendiendo a las circunstancias particulares de cada Estado”. La medida va orientada a paliar las dificultades de desplazamiento que deben enfrentar algunos votantes, dependiendo del país de que se trate o de la distancia que les separa de los consulados o embajadas.

El BNG elimina el apartado en el que se contempla adoptar otros procedimientos distintos a los establecidos para el voto de los residentes que viven en el extranjero, por considerar que es “más seguro jurídicamente” un “procedimiento reglado previamente establecido”.

En lo que se refiere al secreto de voto, hacen hincapié en que se garantice y que no se permita la identificación del elector por las diferentes papeletas utilizadas.

Para el envío de la documentación electoral, propone que se asegure “la identificación de la persona electora en el momento de la entrega de la documentación” y que dicho envío por correo certificado se realice “personalmente y en nombre propio, salvo en los casos de incapacidad o imposibilidad de desplazamiento regulados legalmente en que se permite la entrega por el representante que ostente poder para ello”.

ERC

En nombre de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), y a instancias de la diputada Marta Rosique i Saltor, se presentan enmiendas que van en la línea de lo expresado por Junts en lo que se refiere al envío de las papeletas de todos los partidos que concurren a las elecciones en cada proceso y en la habilitación de lugares para ejercer el derecho al voto.

Sobre el envío de documentación, proponen que se realice a partir del primer día posterior a la convocatoria, y no del décimo octavo, como recogen las enmiendas de PSOE y UP. Consideran al respecto que, si no se realiza el envío de las papeletas, porque dicho proceso es telemático, no existe la necesidad de esperar al plazo de impugnación de candidaturas.

Abogan, asimismo, por la delegación de voto a un ciudadano de su misma circunscripción, para lo que se exigen una serie de requisitos que deberán velar por la plena garantía de ese sufragio.

Más País

Más País, lo mismo que el PNV, no incluye enmiendas al artículo 75 de la Loreg, el que regula el voto del exterior. La formación que lidera Íñigo Errejón aborda la reforma de la Loreg desde la ampliación del voto a las personas a partir de los 16 años “para ampliar derechos y permitirles tomar decisiones sobre el futuro en el que ellos van a vivir y se está decidiendo ahora”.

Así, añaden un nuevo artículo que modifica el artículo segundo, apartado uno, de la Loreg en el que reflejan que “el derecho de sufragio corresponde a los españoles con dieciséis años cumplidos o más”.

Al respecto, piden la actualización del censo electoral el primer mes del año, con la calificación de menor de los residentes que cumplirán años entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año siguiente.

Ciudadanos

Ciudadanos, que también enmienda la Loreg en sus diversos apartados, ve necesario, en lo que atañe al voto exterior, que las papeletas que se envíen a los electores sean previamente homologadas por las juntas electorales provinciales. Asimismo, también consideran importante que el elector esté obligado a descargarse todas las disponibles para su circunscripción.

PdeCat

El PdeCat propone habilitar, de forma complementaria, un sistema de voto electrónico, a través de medios telemáticos, con las imprescindibles garantías de veracidad y secreto, en la forma que se disponga reglamentariamente. Para este partido “resulta procedente implantar mecanismos adicionales a los habidos en la presenta reforma de la Loreg para facilitar que los residentes en el exterior puedan acceder al voto en las diferentes contiendas electorales”.

“El voto electrónico –añaden– es un sistema seguro que ya funciona y utilizan otros países de la Unión Europa y del mundo, por lo que resulta posible adaptarlo e implementarlo a corto plazo en el estado español para los votantes residentes en el exterior”.

Vox

Por lo que respecta a Vox, considera que la reforma de la Ley Orgánica de 2011 que modifica la Ley del Régimen Electoral General de 1985 y que introdujo el voto rogado para los residentes en el exterior conlleva una duplicación de los trámites administrativos para que el colectivo ejerza el derecho al sufragio, puesto que “la inscripción en el censo supone reunir los requisitos para ser elector y no estar privado, definitiva o temporalmente, del derecho de sufragio”. La formación que lidera Santiago Abascal reconoce que la combinación de voto rogado y los plazos establecidos en la normativa electoral son los causantes de la “reducción muy significativa” que ha experimentado el voto del CERA desde la entrada en vigor de la reforma de 2011.

La proposición de ley que ahora se pretende aprobar y a la que los grupos parlamentarios presentan enmiendas busca, según Vox, “responder a las demandas de la colectividad española en el exterior y suprimir el requisito” de que los residentes en el extranjero “tengan que solicitar o rogar el voto”, enviándoles la documentación a su domicilio. Asimismo, el uso de una papeleta que podrán descargarse telemáticamente permitirá “adelantar los plazos de envío de la documentación electoral” y que “los electores reciban la documentación en plazo, a diferencia de lo que venía sucediendo hasta ahora”.

La reforma se completa, según recuerda Vox, en que se produce una ampliación de tres a siete días de los plazos para el depósito del voto en urna, así como para la apertura de los votos emitidos desde el extranjero, que pasa de tres a cinco días, y, por consiguiente, del escrutinio.

Con el fin de proporcionar mayores garantías de voto, la formación de Abascal modifica de manera singular el apartado 3 del artículo 73 en lo que respecta a la identificación del votante. Añade en dicho apartado que “el elector deberá personarse e identificarse en la oficina de correos”. Una vez haya escogido o, en su caso, rellenado la papeleta de voto, la introducirá en el sobre de votación y lo cerrará. Para emitir el sufragio, únicamente podrá personarse en la oficina de correos la persona que hubiese hecho la solicitud y que esté debidamente autorizada notarial o consularmente”.

La proposición de ley de reforma de la Loreg se encuentra en fase de tramitación y el siguiente paso es la creación de una ponencia en la Comisión Constitucional del Congreso para tratar de buscar un acuerdo y emitir un informe que será sometido a aprobación por dicha comisión. El último paso será la aprobación en pleno por ambas cámaras (Congreso y Senado).