La Orden se recoge en el BOE del 29 de junio

Los españoles que afrontan penas de muerte en el extranjero podrán solicitar ayudas para la defensa jurídica

Los ciudadanos españoles que afronten condenas de pena de muerte en el exterior dispondrán del mes de julio para solicitar las ayudas que concede el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para cubrir la asistencia jurídica, según recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este pasado lunes, 29 de junio.

Los españoles que afrontan penas de muerte en el extranjero podrán solicitar ayudas para la defensa jurídica

Los ciudadanos españoles que afronten condenas de pena de muerte en el exterior dispondrán del mes de julio para solicitar las ayudas que concede el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para cubrir la asistencia jurídica, según recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este pasado lunes, 29 de junio.

Dichas subvenciones también podrán ser utilizadas en los procesos de revisión o repetición de juicios, de recurso de sentencias condenatorias o de solicitud de indulto o de conmutación de pena a favor de aquellos que ya hayan sido condenados a pena de muerte.

Podrán beneficiarse de estas subvenciones las personas físicas de nacionalidad española que se enfrentan a la pena de muerte y otras personas físicas, españolas o extranjeras, o instituciones con personalidad jurídica privada, domiciliadas en España o en el extranjero para prestarles asistencia.

La cuantía individualizada de cada subvención no podrá exceder de 30.000 euros.

El plazo para presentar la solicitud será de un mes contado a partir del día siguiente al de la Publicación de la Orden en el BOE.