El plazo para las solicitudes será de 20 días naturales desde el 10 de marzo

El BOE publica la convocatoria de ayudas del programa de Mayores y Dependientes, de la Dirección General de Migraciones

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este miércoles, día 9, el extracto de la Resolución de la Dirección General de Migraciones, firmado por su titular, Santiago Yerga, por la que se convocan ayudas para 2022 del programa de Mayores y Dependientes.

El BOE publica la convocatoria de ayudas del programa de Mayores y Dependientes, de la Dirección General de Migraciones
Mar Plata.CG Coro de mayores
Un grupo de mayores durante una actividad en el Centro Gallego de Mar del Plata.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este miércoles, día 9, el extracto de la Resolución de la Dirección General de Migraciones, firmado por su titular, Santiago Yerga, por la que se convocan ayudas para 2022 del programa de Mayores y Dependientes.

Podrán optar a estas subvenciones los centros de día, residencias de mayores u otras instituciones que acojan a personas y/o dependientes no pertenecientes a la población activa, que tengan la condición de españoles en el exterior, o sean cónyuges de éstos, y carezcan de los medios suficientes para subsistir por sí mismos.

Estas subvenciones tienen por objeto mejorar las condiciones de vida de los españoles mayores y/o dependientes en el exterior mediante el apoyo a centros sociales, centros de día y residencias de mayores, para la realización de actividades de carácter informativo, social o asistencial de las instituciones que tengan como finalidad la atención de dicho colectivo.

Las subvenciones se financiarán con cargo al crédito presupuestario previsto en los Presupuestos Generales del Estado para 2022, por importe máximo de 2.200.000 euros.

El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado, es decir a partir de este jueves 10 de marzo.

Las solicitudes de ayudas se formalizarán en los modelos normalizados que están disponibles en la página web del Portal de la ciudadanía española en el exterior (https://ciudadaniaexterior.inclusion.gob.es/) y en la sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (https://www.inclusion.gob.es/es/sede_electronica_menu/index.htm).