Acuerdo hispano-argentino sobre reciprocidad de voto de inmigrantes en las municipales

El Consejo de Ministros, reunido el pasado viernes, ha autorizado la firma del Acuerdo entre España y la República Argentina sobre voto en elecciones municipales de los nacionales argentinos en España y los nacionales españoles en Argentina.
Acuerdo hispano-argentino sobre reciprocidad de voto de inmigrantes en las municipales
El Consejo de Ministros, reunido el pasado viernes, ha autorizado la firma del Acuerdo entre España y la República Argentina sobre voto en elecciones municipales de los nacionales argentinos en España y los nacionales españoles en Argentina.
Este Acuerdo es, tras los acordados recientemente con Colombia y Perú, el tercero en concluirse de los quince que se vienen negociando, en régimen de reciprocidad, con aquellos países que ya reconocen el derecho de voto a los ciudadanos españoles. Además de Argentina, Colombia y Perú, se negocia con Bolivia, Chile, Ecuador, Paraguay, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela, Burkina Faso, Cabo Verde, República de Corea, Islandia y Nueva Zelanda.
El Acuerdo con Argentina tiene como objetivo contribuir a una mejor integración y participación de los ciudadanos argentinos en sus municipios de residencia. El número de residentes argentinos en España es de 91.423 personas, a fecha del 30 de septiembre de 2008, de los que únicamente los mayores de edad serían titulares del derecho al voto, y el número de residentes españoles en Argentina, incluidos en el Censo Electoral de Residentes Españoles en el Exterior (CERA), es a la misma fecha de 271.895.
El Acuerdo establece que, conforme con el Derecho argentino, los nacionales españoles tienen derecho a voto en las elecciones municipales de la República Argentina en los casos y en las condiciones que establecen cada Provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al ser las elecciones municipales competencia exclusiva de estas últimas.
A continuación, en virtud del criterio de reciprocidad que establece el artículo 13.2 de la Constitución, se reconoce a los nacionales argentinos residentes en España el derecho a voto en las elecciones municipales españolas. En un Anejo al Acuerdo se recogen las condiciones para el ejercicio del derecho de voto por parte de los ciudadanos argentinos. Podrán votar en las elecciones municipales quienes hayan residido en España, legal e ininterrumpidamente durante, al menos, los cinco años anteriores a su solicitud de inscripción en el censo electoral.