Según se publica en el Boletín Oficial del Principado del martes día 15

Asturias concede ayudas individuales a 973 emigrantes por un importe total de 374.775 euros

Un total de 973 asturianos en el exterior recibirán ayudas del Gobierno de Asturias, según publicó el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) este martes, día 15 de diciembre. La cuantía total de las ayudas concedidas por el departamento de Emigración de la Consejería de Presidencia asciende a 374.775 euros.

Asturias concede ayudas individuales a 973 emigrantes por un importe total de 374.775 euros

Un total de 973 asturianos en el exterior recibirán ayudas del Gobierno de Asturias, según publicó el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) este martes, día 15 de diciembre. La cuantía total de las ayudas concedidas por el departamento de Emigración de la Consejería de Presidencia asciende a 374.775 euros.

La resolución contempla tres líneas de ayudas, la primera, ‘ayudas individuales para situaciones de emergencia social de asturianos y asturianas residentes en el exterior’; la segunda, ‘ayudas individuales para situaciones de precariedad para mayores de 65 años asturianos y asturianas residentes en el exterior’; y la tercera, ‘ayudas individuales para situaciones de emergencia social para descendientes de asturianos y asturianas en el exterior’.

Al amparo de la primera ayuda se concedieron un total de 141 ayudas a asturianos residentes en Brasil, Chile, Ecuador, México, Nicaragua, Uruguay, Venezuela, Cuba y Argentina.

De la segunda línea de ayudas se beneficiaron un total de 221 asturianos residentes en Brasil, Chile, México, Uruguay, Venezuela y Argentina.

Las ayudas de emergencia social las recibieron un total de 611 asturianos en Brasil, Chile, México, Uruguay, Venezuela, Argentina y Cuba.

El BOPA también recoge las solicitudes denegadas y excluidas por incumplir alguno de los requisititos exigidos.

Esta resolución corresponde a la convocatoria de ayudas publicada el 23 de diciembre del pasado año y cuyo plazo de presentación de solicitudes acababa el 15 de abril pero que se amplió hasta el 20 de mayo.

Las ayudas se pagarán, según recoge el propio BOPA, en un pago único y sin necesidad de garantía alguna. Según se explica y de acuerdo con las bases reguladoras “no será necesaria la justificación por parte de las personas beneficiarias de esta ayuda sin perjuicio de los controles que en su caso pueda establecer por parte de la Dirección General de Emigración y de Cooperación al Desarrollo, a través del Servicio de Emigración”.

Además, se recuerda que es obligación de los beneficiarios comunicar cualquier cambio en los datos que se tuvieron en cuenta para la concesión de la ayuda y aportar la información que le sea requerida por el órgano competente.