ANC acusa al Estado de poner trabas a los secesionistas a la hora de votar

Los independentistas catalanes hacen campaña en el exterior apropiándose del agravio que supone el voto rogado

La asociación independentista Assemblea Nacional Catalana (ANC) se ha propuesto aprovecharse del agravio que supone la instauración del voto rogado para los residentes en el exterior, con vistas a las elecciones autonómicas previstas para el próximo 14 de febrero.

Los independentistas catalanes hacen campaña en el exterior apropiándose del agravio que supone el voto rogado

La asociación independentista Assemblea Nacional Catalana (ANC) se ha propuesto aprovecharse del agravio que supone la instauración del voto rogado para los residentes en el exterior, con vistas a las elecciones autonómicas previstas para el próximo 14 de febrero. En un vídeo difundido recientemente en las redes sociales (#VotExteriorChallenge), la entidad secesionista anima a los catalanes en el extranjero a que se movilicen y presionen a las autoridades para asegurar su derecho al sufragio, ya que, según recogen en el audiovisual, “el Estado español hace todo lo que está en sus manos para que tú, independentista, no votes”.

El mensaje que ANC lanza en este vídeo es totalmente tendencioso, ya que los problemas que suscita el voto rogado desde su instauración, en 2011, afecta por igual a todos los potenciales votantes en el exterior, independientemente de su ideología política.

Además, también critica el “trato despectivo y la catalanofobia” de que se sirven las embajadas y consulados para evitar agilizar el voto del colectivo independentista en el exterior, pese a tratarse de un proceso que se presenta engorroso para cualquier ciudadano inscrito en el CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes) dispuesto a participar en un proceso electoral en España, desde la entrada en vigor del voto rogado.

Con la aprobación de la reforma de la Loreg (Ley Orgánica del Régimen Electoral General), en 2011, los inscritos en el CERA fueron relegados del derecho al sufragio en las elecciones municipales, aunque pueden votar en las autonómicas, generales y europeas cumpliendo con el requisito del ruego del voto. Ello implica iniciar un proceso lento, con reconocimiento de la identidad del solicitante para evitar posible fraude. El interesado debe solicitar el voto a la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente a su inscripción. Al impreso de solicitud se acompaña copia de uno de los documentos que acrediten la identidad (DNI, pasaporte, certificado de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular). Una vez realizado el proceso, se les envía la documentación necesaria para votar. Lo pueden hacer en urna o por correo. En el primero de los casos, depositan el voto en las urnas habilitadas en los consulados y embajadas en los días establecidos. En el caso de optar por votar por correo, remiten el sobre al consulado o embajada igualmente en el plazo establecido.

Lo complicado del proceso motiva que muchas veces se cierren los plazos sin que el interesado pueda ejercer su derecho al voto, lo que viene suscitando continuas críticas del colectivo a la Administración española desde la entrada en vigor de la reforma de la Loreg.