Para “ofrecer las mayores garantías de éxito en la entrega efectiva a sus destinatarios”

Correos podrá recurrir a la mensajería privada para envíos electorales al extranjero en caso de dificultades en el transporte internacional

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado, este jueves 6, el acuerdo adoptado por el Consejo de Ministros, en su reunión del pasado 14 de marzo, por el que se encomienda a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., en su calidad de operador designado para prestar el servicio postal universal, las obligaciones de servicio público necesarias para salvaguardar el normal desarrollo de las elecciones que se convoquen durante el año 2023.
Correos podrá recurrir a la mensajería privada para envíos electorales al extranjero en caso de dificultades en el transporte internacional

Entre las obligaciones en relación con el voto por correo de los electores residentes ausentes están el envío por correo certificado de documentación por las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral a los españoles inscritos en el Censo de Electores Residentes Ausentes (CERA) y el envío de las papeletas por correo a los electores por las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral.

El acuerdo advierte que, “cuando se detecten dificultades significativas en el transporte internacional o en la operativa de los operadores designados de los países destinatarios que pongan en riesgo la recepción de dicha documentación electoral, se podrá recurrir, previa autorización de la Junta Electoral Central y del Ministerio del Interior, a mensajería privada o al servicio premium de la Unión Postal Universal, según resulte más ventajoso tanto en calidad como en precio. Todo ello a fin de ofrecer las mayores garantías de éxito en la entrega efectiva a sus destinatarios”.

Otra de las obligaciones de Correos será la recogida y tramitación de los sobres recibidos en la Oficina del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación y se especifica que “se adoptarán adecuadas medidas de custodia de esta documentación hasta su entrega en las Juntas encargadas de su escrutinio y se dará cuenta del detalle de estas a la Junta Electoral Central y al Ministerio del Interior. Asimismo, se adoptarán las medidas oportunas y especificadas por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Coordinación para la adecuada trazabilidad de los envíos”.

Asimismo, Correos ofrecerá información tanto a la Junta Electoral Central como al Ministerio del Interior de las entregas de documentación que se realicen a las juntas con el detalle del día y hora en que se realizan las mismas.