Contempla cuantías para facilitar el establecimiento de los retornados en el territorio

La Junta de Castilla y León publica las bases reguladoras para la concesión de ayudas del programa ‘Pasaporte de vuelta’

Los oriundos de Castilla y León residentes en el extranjero o en otras comunidades autónomas españolas que deseen retornar a la región tienen a su disposición el programa ‘Pasaporte de vuelta’, que el Gobierno autonómico activa desde 2015 para facilitar su establecimiento en el territorio. 
La Junta de Castilla y León publica las bases reguladoras para la concesión de ayudas del programa ‘Pasaporte de vuelta’
Beneficiarios Pasaporte Vuelta 2022
Los beneficiarios del progrma Pasaporte Vuelta en 2022, durante la recepción que les ofreció la Junta.

‘Pasaporte de vuelta’ es una consolidada línea de ayuda dirigida a los castellanos y leoneses en el extranjero con naturaleza jurídica de prestación económica distinta a las subvenciones. El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) de este viernes, 26 de abril, publica las bases reguladoras de este programa, destinado a personas con la nacionalidad española, mayores de 18 años, oriundos de Castilla y León que hayan retornado a cualquier municipio de la comunidad autónoma dentro del periodo establecido, entre otros requisitos.

‘Pasaporte de vuelta’ cuenta con dos líneas de ayudas. Una dirigida a los que residen en el extranjero y otra a los que se encuentran asentados en otras comunidades autónomas españolas. La cuantía de la ayuda para personas de 35 años o más será de 2.500 euros, más 500 euros por persona a cargo, con un máximo de 4.500 euros. 

En el caso de menores de 35 años, la ayuda será de 3.500 euros, más 500 euros por persona a cargo, con un máximo de 5.500 euros. 

En el caso de que una persona esté a cargo de dos o más beneficiarios, la cuantía de 500 euros se prorrateará entre las personas beneficiarias a partes iguales. La partida se incrementará en un 20% si la persona beneficiaria ha retornado o pretende hacerlo a un municipio de menos de 10.000 habitantes o bien de menos de 3.000 habitantes si dista menos de 30 kilómetros de la capital de provincia, así como a un municipio incluido en algún programa vigente territorial de fomento o en un plan vigente de dinamización territorial. 

Se entenderá por persona a cargo directo a los hijos y otros descendientes de la persona solicitante o de su cónyuge o pareja de hecho, que convivan con él, menores de 18 años o mayores de 18 con discapacidad que tengan acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33%, y que no hayan percibido en el año anterior a la convocatoria ingresos brutos superiores a 1,5 veces el IPREM anual (14 pagas) vigente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria. Asimismo, los ascendientes de la persona solicitante o de su cónyuge o pareja de hecho, que convivan con él, mayores de 65 años o menores de 65 con discapacidad que tengan acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33%, y que no hayan percibido en el año anterior a la convocatoria ingresos brutos superiores a 1,5 veces el IPREM anual (14 pagas) vigente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria. 

Las personas interesadas en acogerse a este programa presentarán su solicitud en el plazo establecido en la correspondiente convocatoria, preferentemente por medios electrónicos, acompañada de la documentación prevista en las respectivas convocatorias. El modelo normalizado de solicitud estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en la dirección https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es, correspondiendo al procedimiento del Inventario Automatizado de Procedimientos Administrativos que se indique en la convocatoria. 

Las solicitudes se valorarán de acuerdo con los principios de concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación. El pago de las ayudas se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por la persona solicitante.