Remiten a las Cortes el acuerdo con Nueva Zelanda sobre el voto en las elecciones municipales
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Canje de Notas constitutivo de acuerdo entre España y la República de Nueva Zelanda sobre participación en las elecciones municipales de los nacionales de cada país residentes en el territorio del otro.
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Canje de Notas constitutivo de acuerdo entre España y la República de Nueva Zelanda sobre participación en las elecciones municipales de los nacionales de cada país residentes en el territorio del otro.
El presente acuerdo forma parte de un grupo de quince tratados que se pretenden suscribir con los países que ya reconocen el derecho de voto a los ciudadanos españoles residentes en su territorio: Argentina, Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela, República de Cabo Verde, Burkina Faso, Corea, Islandia y Nueva Zelanda. Doce de estos acuerdos ya han sido elevados al Consejo de Ministros para la autorización de su firma, quedando pendiente por concluir la negociación de los acuerdos con Bolivia, Venezuela y Uruguay.
Por lo que se refiere a los demás países, es decir, aquellos que no reconocen a los ciudadanos españoles el voto en sus elecciones municipales y en los que, por lo tanto, sería necesario un cambio de legislación para poder alcanzar la reciprocidad que requiere el artículo 13.2 de nuestra Constitución, se les ha informado a través de sus respectivas embajadas en España de que, si modifican su legislación autorizando el voto a los nacionales españoles, España estaría en disposición de firmar acuerdos de reciprocidad, reconociendo a su vez el derecho de voto a sus nacionales residentes en nuestro país.
Este ofrecimiento se ha realizado de manera más pormenorizada a aquellos países con comunidades más numerosas residentes en España, como Marruecos y Argelia, así como a Andorra, Brasil, Costa Rica, República Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua y Panamá, como países de la comunidad iberoamericana.
Es de señalar, finalmente, que los españoles residentes en la República de Nueva Zelanda, incluidos en el Censo Electoral de Residentes Españoles en el Exterior (CERA), que podrán beneficiarse del contenido de los acuerdos asciende a 239, mientras que el número de ciudadanos neozelandeses en España es de 475.
El presente acuerdo forma parte de un grupo de quince tratados que se pretenden suscribir con los países que ya reconocen el derecho de voto a los ciudadanos españoles residentes en su territorio: Argentina, Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela, República de Cabo Verde, Burkina Faso, Corea, Islandia y Nueva Zelanda. Doce de estos acuerdos ya han sido elevados al Consejo de Ministros para la autorización de su firma, quedando pendiente por concluir la negociación de los acuerdos con Bolivia, Venezuela y Uruguay.
Por lo que se refiere a los demás países, es decir, aquellos que no reconocen a los ciudadanos españoles el voto en sus elecciones municipales y en los que, por lo tanto, sería necesario un cambio de legislación para poder alcanzar la reciprocidad que requiere el artículo 13.2 de nuestra Constitución, se les ha informado a través de sus respectivas embajadas en España de que, si modifican su legislación autorizando el voto a los nacionales españoles, España estaría en disposición de firmar acuerdos de reciprocidad, reconociendo a su vez el derecho de voto a sus nacionales residentes en nuestro país.
Este ofrecimiento se ha realizado de manera más pormenorizada a aquellos países con comunidades más numerosas residentes en España, como Marruecos y Argelia, así como a Andorra, Brasil, Costa Rica, República Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua y Panamá, como países de la comunidad iberoamericana.
Es de señalar, finalmente, que los españoles residentes en la República de Nueva Zelanda, incluidos en el Censo Electoral de Residentes Españoles en el Exterior (CERA), que podrán beneficiarse del contenido de los acuerdos asciende a 239, mientras que el número de ciudadanos neozelandeses en España es de 475.