Para desplazamientos temporales es posible la utilización de la Tarjeta Sanitaria Europea

La Consejería en Alemania recuerda que es obligatorio afiliarse a la Seguridad Social al residir en el país

La Consejería de Empleo y Seguridad Social de la Embajada de España en Berlín recuerda a los españoles desplazados a Alemania que es obligatorio afiliarse a la Seguridad Social en el país y que los trabajadores pueden elegir su prestatario del seguro médico y los servicios ofrecidos en www.krankenkassen.de o la página web del Fondo de Sanidad.

La Consejería en Alemania recuerda que es obligatorio afiliarse a la Seguridad Social al residir en el país

La Consejería de Empleo y Seguridad Social de la Embajada de España en Berlín recuerda a los españoles desplazados a Alemania que es obligatorio afiliarse a la Seguridad Social en el país y que los trabajadores pueden elegir su prestatario del seguro médico y los servicios ofrecidos en www.krankenkassen.de o la página web del Fondo de Sanidad (www.der-gesundheitsfonds.de/index.php?id=93).

El seguro médico elegido se comunica al empleador, que tiene la obligación de dar de alta al nuevo empleado en la seguridad social.

Para desplazamientos temporales es posible la utilización de la Tarjeta Sanitaria Europea. La afiliación a un seguro privado es posible a partir de un salario anual superior a 53.550 euros (www.pkv.de).

Si el interesado no encuentra empleo con rapidez y a pesar de ello quiere estar asegurado en Alemania, como ciudadano de la UE podrá contratar un seguro voluntario (freiwillige Versicherung) presentando un certificado de la seguridad social de su país de origen (formulario E 104) sobre los períodos de cotización a la Seguridad Social. El Código Social, Libro V, art. 9 (1) 1, determina que si se ha estado asegurado por lo menos durante 12 meses antes de producirse la baja en la Seguridad Social se tiene derecho a un seguro voluntario, siempre y cuando la solicitud de dicho seguro se efectúe a más tardar tres meses después de haberse dado de baja en la seguridad social del país de origen.

Todo trabajador recibe del organismo gestor del seguro de pensiones un número de asegurado (Versicherungsnummer) y un comprobante de seguro social (Sozialversicherungsausweis) expedido por el organismo alemán de pensiones (Deutsche Rentenversicherung), que debe ser entregado al empleador al iniciar el empleo.

Las cuotas para el seguro de enfermedad son uniformes para todas las cajas aseguradoras oficiales, y suponen el 15,5% del salario íntegro. Los trabajadores contribuyen con el 8,2% de su salario íntegro hasta un tope salarial de 4.462,50 euros mensuales (53.550 euros al año). Las empresas abonan el 7,3% del salario íntegro. Los pensionistas aportan el 8,2% del importe de su pensión, el organismo de pensiones, el 7,3%. Las cuotas por los desempleados las abona íntegramente la Agencia Federal de Empleo.

Particularidades del seguro médico

A diferencia del seguro privado, el seguro obligatorio de asistencia médica cubre también al cónyuge y a los hijos del asegurado.

El seguro familiar es gratuito, pero va unido al límite de ingresos. Las mujeres aseguradas pueden dejar de trabajar seis semanas antes del parto y tras éste podrán estar sin trabajar hasta ocho semanas. Durante ese período de tiempo recibirán el subsidio por maternidad de la caja de enfermedad; el empresario pagará la diferencia existente con los ingresos netos.

Los trabajadores que contraigan enfermedades que les incapaciten para trabajar recibirán el subsidio por enfermedad (el 70% del salario bruto durante, como máximo, 78 semanas) una vez que haya transcurrido el período de tiempo durante el cual se siguen pagando los salarios (continuación del pago de los salarios: normalmente el 100% durante 6 semanas a partir del primer día de incapacidad para trabajar; el empresario paga las prestaciones).

Copago para medicamentos

En el caso de fármacos prescritos, corresponde al paciente un copago de entre 5 y 10 euros. La participación del asegurado en los gastos no debe superar el 2% de los ingresos brutos anuales, el 1% si se trata de enfermos crónicos. Los enfermos crónicos son aquellos que, entre otros requisitos, tienen que acudir por la misma enfermedad al menos una vez al trimestre al médico.

Los menores de 18 años están exentos de todo copago.

Algunos prestatarios del seguro médico conceden una bonificación a aquellos asegurados que participen activamente en medidas de prevención. De esta bonificación también podrán beneficiarse aquellos asegurados que participen en un sistema médico de cabecera o en un programa para enfermos crónicos.

Más información en español en el folleto de la Confederación alemana de aseguradoras empresariales de enfermedad (BKK), Salud mano a mano: http://www.bkk.de/fileadmin/user_upload/PDF/Infomaterial/Wegweiser_Spanisch.pdf