Solo 392 gallegos y 5 vascos en Venezuela lograron votar en las autonómicas de 2016

Cerca de 29.000 gallegos y unos 4.000 vascos en Venezuela podrán votar en las elecciones del 5 de abril

28.981 gallegos (9.280 menos que en 2016) y 4.052 vascos (1.308 menos que en 2016) residentes en Venezuela podrán ejercer el derecho al sufragio en las elecciones al Parlamento Galicia y al Parlamento de Euskadi, que se celebrarán el venidero 5 de abril de 2020.

Cerca de 29.000 gallegos y unos 4.000 vascos en Venezuela podrán votar en las elecciones del 5 de abril
Un joven vota en el Consulado General de España en Caracas por la Provincia de A Coruña, el 22 de septiembre de 2016.

28.981 gallegos (9.280 menos que en 2016) y 4.052 vascos (1.308 menos que en 2016) residentes en Venezuela podrán ejercer el derecho al sufragio en las elecciones al Parlamento Galicia y al Parlamento de Euskadi, que se celebrarán el venidero 5 de abril de 2020.

Según datos facilitados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) a 1 de enero de 2020, en Venezuela figuran inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) 28.981 gallegos, siendo 9.386 de la provincia de A Coruña; 2.921 de Lugo; 8.977 de Ourense; y 7.697 de la provincia de Pontevedra.

Asimismo, 4.052 vascos figuran inscritos en el CERA por Venezuela, siendo 203 de Áraba (Álava), 1.191 de Guipúzkoa (Guipúzcoa) y 2.658 de Biskaia (Vizcaya).

Al ser publicados en los boletines oficiales de las comunidades autónomas de Galicia y del País Vasco (Euskadi) los respectivos decretos de convocatoria de elecciones al Parlamento autonómicos de esas dos comunidades, las elecciones se celebrarán el próximo día 5 de abril. 

El elector que quiera ejercer el derecho de sufragio deberá necesariamente solicitar la documentación para votar a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral de la provincia en cuyo censo se encuentre inscrito en España. La solicitud se cursará en impreso oficial y se enviará, por correo postal o fax, hasta el día 7 de marzo, inclusive. El citado impreso que será remitido a los españoles inscritos en las listas del CERA para estas dos elecciones, se encuentra también disponible en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación (www.maec.es) en el apartado referente a ‘Servicios al Ciudadano’ pudiendo ser descargado por los interesados. También podrán encontrarlo en la web del Consulado General de España en Caracas (www.maec.es/consulados/caracas) en el apartado de Elecciones. Al impreso de solicitud se acompañará fotocopia del pasaporte o del DNI o, en su defecto, certificación de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedido por el Consulado General de España en Caracas. 

Recibida la solicitud, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remitirán, desde el 16 de marzo, a la dirección de inscripción del elector la documentación para que pueda votar acompañada de una hoja informativa.

Una vez recibida la documentación para votar, el elector puede ejercer su derecho de sufragio eligiendo una de las siguientes opciones: Bien, depositando personalmente el voto en urna en el Consulado de España en Caracas los días 1, 2 y 3 de abril. En este caso, el elector deberá incluir en el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial correspondiente la siguiente documentación: Sobre de votación (conteniendo la papeleta de la candidatura elegida), un certificado de inscripción en el CERA, y fotocopia del pasaporte o del DNI o, en su defecto, certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular. A la hora de depositar su voto, el elector acreditará su identidad y entregará al funcionario consular un segundo certificado de inscripción en el CERA.

También se podrá ejercer el derecho al sufragio enviando su voto por correo certificado a la Oficina Consular de Carrera no más tarde del día 31 de marzo. En este caso, el elector deberá incluir en el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial la siguiente documentación: sobre de votación (conteniendo la papeleta de la candidatura elegida), un certificado de inscripción en el CERA, la solicitud de reintegro de los gastos de franqueo (si así lo desea), y fotocopia del pasaporte o del DNI o, en su defecto, certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular. 

Posteriormente debe incluir en ese sobre (cerrado) y un segundo certificado de inscripción en el CERA en el sobre dirigido al Consulado General de España en Caracas adonde lo remitirá por correo certificado en el que conste claramente un matasellos del Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (Ipostel) u otra inscripción oficial con la fecha de envío, a efectos de verificar el cumplimiento del plazo indicado.

Últimas votaciones de 2016

Recordar que apenas 392 ciudadanos gallegos y 5 vascos residentes en Venezuela lograron votar para las elecciones al Parlamento de Galicia y al Parlamento del País Vasco en los comicios que se celebraron en estas dos comunidades autónomas el 25 de marzo de 2016. 367 gallegos y solo 5 vascos lo hicieron de forma presencial, y 25 gallegos y un vasco lo hicieron por correo.

Eso fue un resultado casi nulo de participación, el 1,02 por ciento de gallegos y el 0,09 por ciento de vascos pudieron sufragar, motivado principalmente a la infame Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), que castiga a los ciudadanos españoles en el exterior de poder votar en iguales condiciones que sus connacionales en España. 

Para ese entonces 38.261 gallegos y 5.360 vascos figuraban inscritos en el CERA por Venezuela.