Dispondrán del 16 de junio al 7 de julio para emitir el voto por correo

Los vascos en el exterior que deseen votar el 12-J tienen de plazo hasta el 13 de junio para realizar la solicitud

La publicación este martes en el BOPV (Boletín Oficial del País Vasco) del Decreto de convocatoria de las elecciones vascas del 12 de julio permite a los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) comenzar a solicitar ya el voto para ejercer su derecho al sufragio, para lo que dispondrán de plazo hasta el 13 de junio.

Los vascos en el exterior que deseen votar el 12-J tienen de plazo hasta el 13 de junio para realizar la solicitud
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La publicación este martes en el BOPV (Boletín Oficial del País Vasco) del Decreto de convocatoria de las elecciones vascas del 12 de julio permite a los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) comenzar a solicitar ya el voto para ejercer su derecho al sufragio, para lo que dispondrán de plazo hasta el 13 de junio. Del 16 al 22 de ese mismo mes se enviará documentación para el voto por correo cuando no haya impugnación de candidatos, mientras que, en caso contrario, el plazo será del 23 al 30 de junio.

Será la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente la encargada de remitir el impreso oficial a través de correo postal, con independencia de que este se encuentre disponible ya en las dependencias consulares y por vía telemática. Para hacer uso de internet es necesario acceder a la sede electrónica del INE, e identificarse por el sistema Cl@ve o con la clave enviada en el impreso oficial.

Durante un plazo de ocho días, del 25 de mayo al 1 de junio, los ayuntamientos van a mantener un servicio de consulta del censo vigente; las listas de electores residentes en el extranjero se podrán consultar también en esas mismas fechas en los consulados.

Del 25 de mayo al 1 de junio, cualquier persona puede presentar reclamación sobre sus datos censales en los ayuntamientos, consulados o directamente en las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral. Todas las reclamaciones presentadas se resuelven en los tres días siguientes y se notifican a los interesados. Quienes no estén conformes con la resolución adoptada, pueden interponer recurso ante el Juez de lo contencioso-administrativo en un plazo de cinco días a partir de su notificación.

Los electores dispondrán desde el 16 de junio al 7 de julio para remitir el voto por correo, mientras que en el caso de depositar el voto en urna, el plazo establecido va del 8 al 10 de julio, ambos días incluidos. Excepto en los casos de solicitud por internet con certificado electrónico, el impreso deberá ir acompañado de fotocopia del DNI español o del pasaporte expedido por las autoridades españolas. En su defecto, se podrá adjuntar certificado de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.

Nuevo trámite

Como novedad, en estas elecciones se va a habilitar un nuevo trámite que permitirá a los residentes en el extranjero consultar la clave que posibilitará la solicitud por internet del voto, sin esperar al impreso oficial. La clave para las elecciones del 12 de julio es la misma que la enviada para las elecciones que estaba previsto celebrar el pasado 5 de abril y que fueron aplazadas por el confinamiento para hacer frente al coronavirus