Responde a las solicitudes de la consejera de Relaciones Institucionales de Cataluña

La Junta Electoral Central reconoce las dificultades del voto exterior pero dice que se ceñirá a la Loreg

La Junta Electoral Central se muestra consciente de las dificultades que entraña el ejercicio del derecho al voto de los españoles en el exterior, sin embargo, y en tanto no se lleve a cabo una reforma legislativa de la Loreg, la Administración electoral se ceñirá a la “aplicación” de la normativa vigente, procurando, eso sí, “que se lleve a cabo con la máxima diligencia y eficacia posibles”.

La Junta Electoral Central reconoce las dificultades del voto exterior pero dice que se ceñirá a la Loreg

La Junta Electoral Central se muestra consciente de las dificultades que entraña el ejercicio del derecho al voto de los españoles en el exterior, sin embargo, y en tanto no se lleve a cabo una reforma legislativa de la Loreg, la Administración electoral se ceñirá a la “aplicación” de la normativa vigente, procurando, eso sí, “que se lleve a cabo con la máxima diligencia y eficacia posibles”.

La Junta Electoral Central responde así al escrito de la consejera de Gobernación y Relaciones Institucionales de la Generalitat de Cataluña, Meritxel Borràs, en el que le solicitó llevar a cabo diversas actuaciones ante los problemas surgidos en el voto de los residentes en el extranjero en las elecciones al Parlamento de Cataluña del pasado 27 de marzo.

Dado el carácter genérico de las denuncias formuladas en el escrito de la consejera, la Junta, que ha remitido a la consejera los informes elaborados por la Oficina del Censo Electoral, la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios y la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, considera que “no resulta posible ir más allá en el esclarecimiento de los hechos”.

Así mismo, aclara que en la mayor parte de las ocasiones la viabilidad de la recepción del voto emitido por los residentes en el exterior en plazo para poder ser escrutado por las juntas competentes “depende de servicios ajenos al ámbito de competencia de las autoridades españolas”.

Segundo local para votar en Londres

La Junta Electoral Central también responde a la solicitud del subdirector general de Protección y Asistencia Consular, sobre la posibilidad de habilitar un segundo local para depositar el voto presencial de los españoles en Londres. El subdirector alega problemas de logística debidos a la espera de una gran afluencia de votantes para las generales del 20–D.

En este apartado, la Junta Electoral considera que corresponde al Gobierno “tomar las medidas necesarias para facilitar al máximo y en las mejores condiciones posibles el ejercicio efectivo del derecho de sufragio de los ciudadanos que residen fuera de España”. También alega que es el Gobierno el que puede “habilitar los locales que sean necesarios para agilizar el depósito del voto consular”, manteniendo “las garantías necesarias de pureza y transparencia del proceso electoral”.