El BOE publica la convocatoria de ayudas de los programas de Asociaciones y de Mayores

El Boletín Oficial del Estado publicó este sábado, día 4, la convocatoria de ayudas que realiza la Dirección General de Migraciones de los programas de Asociaciones y de Mayores y Dependientes.

El BOE publica la convocatoria de ayudas de los programas de Asociaciones y de Mayores

El Boletín Oficial del Estado publicó este sábado, día 4, la convocatoria de ayudas que realiza la Dirección General de Migraciones de los programas de Asociaciones y de Mayores y Dependientes.

El objetivo de la orden de ayudas del programa de Asociaciones es conceder ayudas destinadas a contribuir a la financiación de los gastos de funcionamiento de las federaciones, asociaciones y centros de españoles en el exterior, y subvencionar los gastos ocasionados por las reparaciones y el mantenimiento de los centros e instalaciones de entidades radicadas en el exterior, cuya finalidad sea la asistencia social, sanitaria y sociocultural en favor de los españoles del exterior.

Podrán beneficiarse de estas ayudas las federaciones, asociaciones o centros de españoles en el exterior, que cuenten con un número de asociados mayor de cincuenta, y que desarrollen una labor asistencial a favor de los españoles del exterior, así como entidades que tengan por finalidad el apoyo y la promoción sociocultural de los españoles en el exterior.

Las solicitudes de ayudas podrán presentarse en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y, en todo caso en las Consejerías de Empleo y Seguridad Social, en las Secciones de Empleo y Seguridad Social de las Oficinas Consulares, así como en los Consulados o Secciones Consulares de las Embajadas correspondientes al domicilio o residencia del peticionario de la ayuda. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOE de esta Resolución de convocatoria.

Programa Mayores y Dependientes

En cuanto al programa de Mayores, estas subvenciones tienen por objeto mejorar las condiciones de vida de los españoles mayores y/o dependientes en el exterior mediante el apoyo a centros sociales, centros de día y residencias de mayores, para la realización de actividades de carácter informativo, social o asistencial de las instituciones que tengan como finalidad la atención de dicho colectivo.

Podrán acceder a la condición de beneficiarios de estas ayudas los centros de día, residencias de mayores u otras instituciones que acojan a personas mayores y/o dependientes no pertenecientes a la población activa, que tengan la condición de españoles en el exterior, o sean cónyuges de éstos, y carezcan de los medios suficientes para subsistir por sí mismos.

Como en el programa de Asociaciones, las solicitudes de ayudas podrán presentarse en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y, en todo caso en las Consejerías de Empleo y Seguridad Social, en las Secciones de Empleo y Seguridad Social de las Oficinas Consulares, así como en los Consulados o Secciones Consulares de las Embajadas correspondientes al domicilio o residencia del peticionario de la ayuda. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOE de esta Resolución de convocatoria.