Se destinan 210.000 euros y la cuantía máxima de cada ayuda será de 2.000 euros

El BOPA publica la convocatoria de ayudas individuales para asturianos y descendientes residentes en el exterior

El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) ha publicado este jueves 16 de julio el extracto de la Resolución, de la Consejería de Presidencia, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas individuales para asturianos y descendientes residentes en el exterior para el año 2020. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

El BOPA publica la convocatoria de ayudas individuales para asturianos y descendientes residentes en el exterior

El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) ha publicado este jueves 16 de julio el extracto de la Resolución, de la Consejería de Presidencia, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas individuales para asturianos y descendientes residentes en el exterior para el año 2020. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Podrán solicitar estas ayudas las personas emigrantes asturianas y sus descendientes hasta el primer grado de consanguinidad, residentes en América Latina (América Central, América del Sur, México y Antillas Mayores), que se encuentren en situación de necesidad por carecer de rentas o ingresos necesarios para cubrir sus necesidades básicas de subsistencia de acuerdo a la realidad socioeconómica de su país de residencia.

El objetivo de estas subvenciones es contribuir a atender las necesidades básicas de subsistencia de las personas beneficiarias, convocándose dos líneas de actuación: Línea 1: Ayudas individuales para personas de 65 años o más; y Línea 2: Ayudas individuales para personas de 18 a 64 años que sean víctimas de violencia de género o padezcan invalidez permanente o enfermedad grave incapacitante para el desarrollo de la vida laboral.

La convocatoria prevé un crédito total de 210.000 euros. La cuantía máxima de cada ayuda por persona beneficiaria no podrá superar los 2.000 euros.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0103T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de la solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.

Asimismo, también se podrá acceder a dicha información, a través de la página web: www.emigrastur.es

Las solicitudes deben llegar acompañadas de la documentación señalada en la resolución de convocatoria.