La recogida de papeletas se realizará también el 1 y 2 de diciembre

La Junta Electoral Central amplía el plazo para votar en consulados en las andaluzas del 2 de diciembre

El secretario de Juventud, Precariedad y Emigración de Podemos Andalucía y candidato al Parlamento, José Ignacio García, ha mostrado este miércoles la satisfacción de la confluencia ante la resolución aprobada por la Junta Electoral Central (JEC) por la cual se establece la aplicación de medidas para favorecer el voto exterior en las próximas elecciones autonómicas del 2 de diciembre.

La Junta Electoral Central amplía el plazo para votar en consulados en las andaluzas del 2 de diciembre

El secretario de Juventud, Precariedad y Emigración de Podemos Andalucía y candidato al Parlamento, José Ignacio García, ha mostrado este miércoles la satisfacción de la confluencia ante la resolución aprobada por la Junta Electoral Central (JEC) por la cual se establece la aplicación de medidas para favorecer el voto exterior en las próximas elecciones autonómicas del 2 de diciembre. Como exigía ‘Adelante Andalucía’, los consulados y oficinas consulares habilitadas para el voto en el exterior tendrán que ampliar los días previstos para la recogida de papeletas excepcionalmente a las jornadas del 1 y 2 de diciembre.

La resolución de la Junta Electoral especifica que la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios, así como cada consulado, deberán realizar campañas de difusión al objeto de que los votantes conozcan las medidas extraordinarias aprobadas. Junto a ello, se insta a las instancias involucradas en la organización de la cita electoral a activar todos los medios posibles y agilizar los trámites para que los votantes reciban las papeletas en tiempo para ejercer su derecho a participar el 2-D.

Por último, en el caso de los andaluces en el exterior que opten por el voto mediante correo a las oficinas consulares, la Junta Electoral Central, tal como solicitó ‘Adelante Andalucía’, ha resuelto que las Juntas Electorales Provinciales deberán admitir como válidos aquellos votos emitidos como muy tarde hasta el sábado 1 de diciembre.

Texto del acuerdo

El texto emitido por la Junta Electoral Central dice:

“Vistos los informes de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios y de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, teniendo en cuenta las dificultades que se han planteado respecto a la tramitación de este voto en anteriores procesos electorales, con la finalidad de facilitar al máximo el ejercicio del derecho de sufragio de estos ciudadanos, la Junta Electoral Central considera que concurren circunstancias excepcionales en orden a la adopción del siguiente acuerdo:

1º.- Concluido el plazo del depósito del voto en urna en los Consulados el viernes 30 de noviembre 2018, los sobres depositados por los electores y los recibidos por correo hasta esa fecha, junto con el acta expedida por el funcionario consular, deberán ser remitidos con la mayor celeridad posible a la oficina que a estos efectos se constituya en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, la cual, a su vez, procederá al envío urgente a las correspondientes Juntas Electorales Provinciales, todo ello conforme al procedimiento establecido en el artículo 75 de la LOREG y en la Circular de la Junta Electoral Central de 10 de noviembre de 2011.

2º.- Los Consulados y Oficinas consulares habilitadas para el voto en urna en este proceso electoral, de forma excepcional, deberán abrir de nuevo el sábado 1 y el domingo 2 de diciembre a efectos de recibir tanto los votos por correo remitidos hasta ese momento, como aquellos otros que puedan presentar los electores dentro de este plazo extraordinario. Dicha apertura no podrá extenderse más allá de la hora prevista para el cierre de los colegios electorales en la península, esto es, a las 20 horas del domingo 2 de diciembre. Al concluir dicho plazo, los Consulados y Oficinas consulares deberán repetir los trámites indicados en el apartado anterior respecto a los sobres de voto que se hayan podido recibir durante este plazo extraordinario.

A tal efecto, deberán utilizar todos los medios de los que dispongan para remitir los sobres de votación por el procedimiento más rápido posible al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Asimismo, tanto la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios como los respectivos Consulados deberán proporcionar la mayor difusión posible entre los electores de esta ampliación del plazo.

3º.- Por la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios deberán tomarse todas las medidas necesarias para procurar que los sobres con los votos de los electores puedan estar a disposición de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos antes de las 13 horas del martes 4 de diciembre, de manera que ésta pueda realizar la entrega a las respectivas Juntas Electorales Provinciales antes de las 8 de la mañana del miércoles 5 de diciembre, para su escrutinio, conforme establece el artículo 75.10 de la LOREG.

La citada Dirección General deberá remitir los originales de las actas expedidas por los funcionarios consulares a la Junta Electoral de Andalucía y una copia de dichas actas a las Juntas Electorales Provinciales, pudiendo hacerlo por correo electrónico.

4º. Las Juntas Electorales Provinciales, en el momento de proceder al escrutinio del voto de los electores inscritos en el CERA, deberán considerar como válidos los votos por correo dirigidos a las oficinas consulares en los que conste su envío no más tarde del sábado 1 de diciembre.

De este Acuerdo se dará traslado a la formación política peticionaria; a la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios, a través de la Dirección General de Política Interior; a la Junta Electoral de Andalucía, para su conocimiento y traslado a las correspondientes Juntas Electorales Provinciales de dicha Comunidad Autónoma y a los representantes generales acreditados ante la misma de las candidaturas proclamadas; a la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía; a la Oficina del Censo Electoral y a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos”.

“Palían” el efecto del voto rogado parcialmente

“Adelante Andalucía ha conseguido torcer el brazo a PP y PSOE tras diez años usurpando el derecho al voto a miles de andaluces emigrantes”, ha afirmado José Ignacio García en un comunicado, apuntando que las medidas aceptadas por la Junta Electoral “palían” el efecto del voto rogado parcialmente, pero “sigue siendo necesaria una reforma de la Ley Electoral para lograr un sistema democrático en consonancia con el Estatuto de Autonomía de Andalucía”.

Según ha explicado José Ignacio García, la reforma de la ley electoral de 2011, aprobada con los votos de PSOE y PP y que introdujo como novedad el voto rogado, implantó “barreras” a la participación política de los andaluces hasta el punto de que el porcentaje de votantes cayó del 73 al 3,8 por ciento del censo.

En esta línea, el dirigente de Podemos Andalucía ha recordado que el Estatuto de Autonomía reconoce el pleno derecho de los andaluces a seguir participando de la vida pública, aunque residan fuera de la Comunidad, pero “las trabas impuestas por la legislación actual no sólo contravienen este espíritu sino que suponen la expulsión de al menos 284.000 andaluces del sistema electoral”.

Según ha expuesto, en el último proceso electoral, el 37 por ciento de los andaluces en el exterior que solicitó ejercer su derecho al voto no recibió las papeletas en tiempo; el 30 por ciento tuvo problemas para registrarse, mientras que el 15 por ciento no sabía cómo funcionaba el sistema.

Ante esta situación, ‘Adelante Andalucía’ ha vuelto a exigir al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que cumpla “con su palabra dada cuando estaba en la oposición” y proceda a la derogación del sistema del voto rogado “porque es una barbaridad no garantizar el derecho al voto para aquellos que quieren participar en el ciclo electoral que comenzamos en breve”.