DIJO QUE “LA MUERTE DE JESúS SUPUSO LA VICTORIA DE LA VIOLENCIA SOBRE LA LEY”

Un catedrático lucense de Derecho Romano analizó en la Casa de Galicia en Madrid el proceso contra Cristo

El lucense Federico Fernández de Buján, catedrático de Derecho Romano de la UNED, pronunció en la Casa de Galicia en Madrid la conferencia ‘El proceso contra Cristo. Análisis histórico, jurídico y teológico’.

Un catedrático lucense de Derecho Romano analizó en la Casa de Galicia en Madrid el proceso contra Cristo
La sala A desde atrás
Numeroso público acudió a la conferencia de Fernández de Buján en la Casa de Galicia de Madrid.

El lucense Federico Fernández de Buján, catedrático de Derecho Romano de la UNED, pronunció en la Casa de Galicia en Madrid la conferencia ‘El proceso contra Cristo. Análisis histórico, jurídico y teológico’. Buján, que tiene varias publicaciones sobre el tema, aseguró que la muerte de Cristo “supuso la victoria de la violencia sobre la Ley y la injusticia sobre el Derecho”. El acto estuvo presidido por el delegado de la Xunta en Madrid, José Ramón Ónega López, quien expuso algunos de los datos más relevantes de la densa trayectoria profesional y académica del ponente, “autor de catorce libros y de más de un centenar de estudios, entre capítulos de libros, obras colectivas y artículos en revistas científicas”.

Las publicaciones jurídicas de Buján abarcan estudios de Derecho Romano, Derecho privado y Derecho comparado. Es académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación; ha dirigido seis tesis doctorales ya defendidas, y cinco trabajos de tesis ya inscritos y en curso de elaboración. También es o ha sido presidente o vocal de más de 60 tribunales de tesis doctorales en la UNED y en 15 universidades españolas; además de ponente en más de ciento veinte congresos nacionales, extranjeros e internacionales de su especialidad y jurídicos y en seminarios científicos y convenciones universitarias.

Fernández de Buján explicó que se ha discutido mucho acerca de la responsabilidad última en la condena a muerte de Cristo en distintas sedes científicas y que las diferentes opiniones pueden reducirse a dos: “las que pretenden hacer recaer la última responsabilidad en las autoridades político-religiosas judías, concretadas en el Sanedrín; y las que afirman que la decisiva responsabilidad debe imputarse a la autoridad romana, encarnada en Poncio Pilato”. Esta dualidad de poderes políticos se proyecta en una dualidad de ordenamientos jurídicos, que se superponen en la aplicación del Derecho.

El ponente recordó la situación política en el momento del prendimiento y condena de Cristo, con Tiberio de emperador. Cristo había nacido en tiempos de Herodes el Grande, siendo Palestina un Reino asociado bajo protectorado romano. Cuando se murió Herodes, el territorio fue dividido entre sus hijos, y Judea le correspondió a Arquelao. La situación cambió a los nueve años, pues Augusto destituyó a Arquelao en el año 6 d. C., a petición de los propios judíos, debido a sus abusos de poder. El legado Sulpicio Quirino, del empadronamiento del que habla Lucas en el evangelio, incorpora a Judea a la provincia de Siria, bajo la jurisdicción de un prefecto. El quinto nombrado es el tristemente célebre Poncio Pilato, que lo fue desde el año 26 al 36, algo que está documentado pues en excavaciones del año 1960 apareció una inscripción que lo corrobora: Pontius Pilatus, praefectus.

El conferenciante explicó que Sanedrín es un término griego que designa una reunión de personas sentadas y cuyo origen histórico se remonta al destierro de Babilonia. En los casos de condena capital, la sentencia debía atenerse a la ulterior ratificación del procurador. Cuando los miembros del Sanedrín presentaron a Cristo ante Pilato, él les dijo: Juzgadlo según vuestra Ley. A lo que ellos respondieron que no les estaba permitido dar muerte a nadie. Buján señala que “no se trataba de juzgar, sino de ratificar una condena ya impuesta. No presentan al procurador a un simple acusado, sino a un condenado a muerte para el cual se pide la ejecución”. Es otro hecho documentado, en este caso por el historiador romano Tácito, un siglo más tarde, cuando escribió sobre Nerón en sus Anales, y relata la existencia en Roma de seguidores de un nuevo credo religioso llamados cristianos por un tal Cristo, que fue ajusticiado por orden de Poncio Pilato.

Buján hace hincapié en que “no dice que fue condenado, sino ajusticiado, es decir, mandado ejecutar” por lo que entiende que “en el procedimiento de condena a muerte de Cristo no hay dos procesos. Solo hay un único proceso que se realiza ante el Sanedrín. Pilato no ejerce, propiamente, una facultad jurisdiccional, sino que retiene, en la Judea de Cristo el ius gladii, es decir, el poder supremo de autorizar la ejecución de una pena de muerte”.

Y añadió que “todo lo que discurrió desde esa decisión del procurador romano, fue debido a la innoble invasión de la conveniencia política en la recta administración de la justicia”. Fue el poder político el que mancilló la decisión tomada por sus intereses. Triunfó la insidia y la hipocresía. También se puso de manifiesto la “incompetencia de un gobernador incapaz”; la coacción del poder demagógico de la masa frente el ejercicio timorato del gobernador corrupto; la conculcación de la legalidad vigente; y la prevaricación del gobernador injusto por la debilidad en el ejercicio de su potestad, hasta el punto de “autorizar la ejecución del Justo, siendo consciente de ello”, como lo probó cuando se lavó las manos y lo entregó luego para que lo crucificasen.

“Es, en suma, la victoria de la violencia sobre la ley y de la injusticia sobre el Derecho”, dijo a modo de conclusión.