El pleno del Consejo reclama que las pensiones públicas del exterior tengan igual tratamiento para los retornados que para los extranjeros

El tratamiento de las pensiones públicas procedentes del exterior debe ser igual para los emigrantes retornado que para las personas de nacionalidad extranjera, y así quedó de manifiesto este martes en la segunda jornada del pleno del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGCEE), que reúne en Madrid a 75 consejeros que representan a la colectividad en América, Europa y España, a las comunidades autónomas, los sindicatos y la administración central.

El pleno del Consejo reclama que las pensiones públicas del exterior tengan igual tratamiento para los retornados que para los extranjeros
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María Teresa Michelón presentó los acuedos de la Comisión Sociolaboral.

El tratamiento de las pensiones públicas procedentes del exterior debe ser igual para los emigrantes retornado que para las personas de nacionalidad extranjera, y así quedó de manifiesto este martes en la segunda jornada del pleno del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGCEE), que reúne en Madrid a 75 consejeros que representan a la colectividad en América, Europa y España, a las comunidades autónomas, los sindicatos y la administración central.

En el transcurso de la reunión de la Comisión Delegada de Asuntos Laborales, los consejeros votaron de forma unánime a favor de esta propuesta, que quieren se tenga en cuenta en la reforma fiscal que se está tramitando en el Congreso de los Diputados.

Igualmente piden al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que tenga en cuenta que se trata de personas que han elegido como patria de residencia la suya propia y que, por tanto, su regularización fiscal no debería ser peor que la realizada “en tiempos recientes para otros supuestos de repatriación de capitales, que han recibido un tratamiento fiscal especial”, denuncian, lo que “puede generar un agravio comparativo”.

El acuerdo de la Comisión Delegada se adoptó durante la reunión celebrada los pasados días 5 y 6 de mayo, previamente al anuncio del Gobierno de abrir un plazo para que los pensionistas retornados que tienen pendiente abonar cantidades a Hacienda puedan regularizar su situación y también de devolver las cuantías aportadas a aquellos a los que se les han impuesto sanciones económicas por este concepto.

No obstante, y pese a la rectificación del Gobierno, la Comisión aprobó por unanimidad que se lleve a cabo, por escrito, una campaña de información sobre las obligaciones tributarias y los procedimientos a seguir, dirigida a todas las personas ya residentes en España y perceptoras de pensiones del exterior. Dicha información deberá difundirse a través de las representaciones diplomáticas españolas en el exterior y los Consejos de Residentes Españoles (CRE), y deberá incluir la relación de prestaciones y países de procedencia, exentos de la obligación de declarar a Hacienda.

Con respecto a los procedimientos ya abiertos, se pide al Ministerio de Hacienda y de Administraciones Públicas se tenga en cuenta la ausencia de mala fe y de intención de defraudar, especialmente en aquellos casos en los que las pensiones se encuentran en los umbrales mínimos exentos.

Asistencia sanitaria

Respecto a la asistencia sanitaria en España de los españoles del exterior, consideran que las normas implantadas en los últimos años han modificado el acceso a las prestaciones, así como el contenido de las mismas. Concretamente, el Real Decreto Ley 16/2012 de medidas para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud incluye una modificación del Real Decreto 240/2007 de la que se deriva la obligatoriedad por parte de los ciudadanos comunitarios de inscribirse en el Registro Central de Extranjeros, para estancias superiores a tres meses. Por su parte, los ciudadanos no comunitarios familiares de ciudadanos de estados miembros de la UE deben obtener la tarjeta de familia de residente comunitario. En ambos casos recuerdan que es preciso estar en “posesión de recursos suficientes” y, tanto la inscripción como la tarjeta son requisitos para poder acceder a la condición de asegurado.

El Consejo entiende que esto puede implicar que familiares de retornados españoles en peor situación económica pueden quedar sin asistencia sanitaria al no poder obtener la tarjeta familiar de residente comunitario o inscribirse en el Registro Central de Extranjeros.

En este apartado, piden que se adopten las medidas necesarias para que aquellas familias que no alcancen el mínimo establecido puedan acceder a la tarjeta de familiar de residente comunitario o al Registro Central de Extranjeros para poder recibir asistencia sanitaria.

En lo que respecta al acceso a la asistencia sanitaria, también se habla de la normativa que contempla supuestos diferenciados para los españoles retornados y para los desplazamientos temporales de pensionistas y trabajadores españoles de origen, así como en el contenido de la asistencia sanitaria prestada en función del territorio e, incluso, el desconocimiento en los centros sanitarios del derecho regulado por esta vía.

Al respecto, se solicita que se simplifique la tramitación del reconocimiento del derecho y se pide a las comunidades autónomas que sean ellas las que trasladen a este órgano las instrucciones remitidas a los centros sanitarios de su competencia para garantizar a los emigrantes trabajadores y pensionistas desplazados temporalmente esta asistencia sanitaria.

El Consejo también muestra su preocupación  por los casos de trabajadores por cuenta ajena y pensionistas, residentes en países sin convenio internacional de seguridad social o aquellos que, teniéndolo, no regule o garantice debidamente la prestación sanitaria cuando estos se desplacen a España por periodos superiores a lo establecido.

El Consejo solicita que se estudie la posibilidad de que este colectivo acceda a prestaciones sanitarias, regulando un convenio al efecto.

En este apartado, el consejero por la República Dominicana, Eduardo Pahíno, propone, y así se lo ha hecho saber al pleno, que este derecho se conceda previa contribución económica de los potenciales beneficiarios.

Los tres puntos expuestos en este apartado de acceso a la asistencia sanitaria fueron aprobados por mayoría, con tres votos en contra.

Limitación temporal en el derecho a la sanidad de los que se desplacen al exterior

Otro de los aspectos abordados en la Comisión de Derechos Sociolaborales hace alusión a la limitación temporal en el derecho a la sanidad de los españoles que se desplacen al exterior.

El Consejo se muestra preocupado por la pérdida de prestaciones de los asegurados que se desplacen a la Unión Europea o fuera de ella, así como las repercusiones en sus posibles beneficiarios que continúen en España con la entrada en vigor de la Ley 22/13 de Presupuestos Generales del Estado. Dicha Ley recoge que el beneficiario de las prestaciones sanitarias tiene su residencia habitual en España, aun cuando haya tenido estancias en el extranjero, siempre que éstas no superen los 90 días a lo largo de cada año natural.

Es por ello que, por unanimidad del pleno, se solicita información sobre el alcance de la medida y pide que se garantice que los que emigran desde España conserven su derecho a la asistencia sanitaria, en tanto no adquieran la condición de asegurado en otro estado miembro, en el caso de la Unión Europea o de los países no comunitarios con los que existe un convenio bilateral de seguridad social. En el caso de migración a países no comunitarios sin convenio, proponen que si la familia beneficiaria permanece en España, estos conserven el derecho a la prestación.