SE PERMITE CONDUCIR TEMPORALMENTE EN AMBOS TERRITORIOS

El Gobierno acuerda el canje de permisos de conducir con Guatemala

El Consejo de Ministros autorizó recientemente el acuerdo entre España y la República de Guatemala sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos y licencias de conducción nacionales.
El Gobierno acuerda el canje de permisos de conducir con Guatemala
El Consejo de Ministros autorizó recientemente el Canje de Notas constitutivo de acuerdo entre España y la República de Guatemala sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos y licencias de conducción nacionales.
En virtud de este Canje de Notas, España y Guatemala reconocen recíprocamente los permisos y licencias de conducción nacionales expedidos por sus autoridades a quienes tuvieran su residencia legal en las mismas, siempre que se encuentren en vigor.
Con ello se permite a los titulares de un permiso válido y en vigor expedido por uno de los Estados conducir temporalmente en el territorio del otro durante el tiempo que determine la legislación nacional del Estado donde se  pretende hacer valer esa autorización. Una vez pasado el período de tiempo antes mencionado, y establecida su residencia legal en el otro Estado se podrá obtener un permiso o licencia de conducción equivalente al del Estado de residencia.
Se regulan también los supuestos en los que los titulares de permisos y licencias de conducción guatemaltecos y españoles tienen que realizar exámenes teóricos o prácticos cuando soliciten el canje de permisos de conducción por los equivalentes del otro país.