SEGúN RECUERDAN DOS ENTIDADES DE SãO PAULO
Galicia, Asturias y la DGE tienen abierto el plazo de sus programas de vacaciones
La Asociación Hispano-Brasileña de Socorros Mutuos y el Consejo de Residentes Españoles (CRE) de São Paulo recuerdan a la colectividad española de la existencia de ayudas y subvenciones para que emigrantes mayores puedan viajar a España de vacaciones.
La Asociación Hispano-Brasileña de Socorros Mutuos y el Consejo de Residentes Españoles (CRE) de São Paulo recuerdan a la colectividad española de la existencia de ayudas y subvenciones de distintas administraciones españolas para que emigrantes mayores puedan viajar a España de vacaciones, para las que el plazo de solicitud finaliza en los próximos meses. Se refiere a los programas ‘Volver á Terra 2008’, de la Xunta de Galicia; ‘Añoranza 2008’, del Gobierno de Asturias; y a las ayudas de la Dirección General de Emigración (DGE) para participar en el Programa de Vacaciones del Imserso.
En el programa ‘Volver á Terra’, los beneficiarios estarán durante un período máximo de 14 días, en una residencia de tiempo libre o en otro establecimiento residencial de Galicia, programándose actividades y excursiones que favorezcan el reencuentro con su tierra. La Secretaría Xeral de Emigración se hará cargo del viaje de los beneficiarios desde los lugares de partida fijados por la Secretaría Xeral en Iberoamérica hasta el lugar de destino designado en Galicia. El plazo de presentación de solicitudes acaba el 17 de mayo.
Asturias
El programa ‘Añoranza 2008 está dirigido a mayores de 65 años que lleven más de 20 años sin visitar España o que sin cumplir los 65, lleven más de 45 años sin visitar España. Excepcionalmente los acompañantes podrán ser descendientes en primer grado del solicitante (hijos) que superen la edad de 45 años con nacionalidad española y no hayan visitado Asturias.
Los interesados tienen que aportar la siguiente documentación: copia del libro de familia o certificado de matrimonio o de convivencia, en su caso; certificado médico del solicitante y de su cónyuge, en su caso, en que acredite que están en condiciones óptimas para viajar, que se valen por sí mismos, que no padezcan enfermedad infectocontagiosa y que no padecen trastornos psicofísicos que alteren la normal convivencia en el grupo; y documento en que consten los ingresos económicos de la unidad familiar de convivencia. En el caso de menores de 65 años, deberán acreditar la condición de pensionista de invalidez, jubilación o viuvedad y/o carecer de ingresos económicos suficientes. También tienen que presentar copia del pasaporte español actualizado y en vigor, y en el caso de acompañantes no nacionales el pasaporte del mismo actualizado y en vigor, y partida de nacimiento en el caso de que el acompañante sea hijo. El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 15 de junio.
Para el programa del Imserso
Las ayudas convocadas por la Dirección General de Emigración para el programa de vaciones del Imserso tienen como objetivo facilitar a los españoles mayores que salieron de España y ahora son residentes en el exterior el reencuentro con la sociedad española. Pueden beneficiarse de estas ayudas losque sean pensionistas de jubilación, invalidez o viudedad del Sistema de Seguridad Social español o del de cualquier otro país o beneficiario de la prestación económica por razón de necesidad, y tener en todo caso 60 años o más; y los que tengan 65 años o más y residan en el exterior. También podrán ser beneficiarios los cónyuges de las personas indicadas o quienes no estando casados convivan como tales, siempre y cuando efectúen el viaje junto con el titular. En caso de tratarse de viudas o viudos, éstos deberán cumplir los requisitos generales. Se admite como acompañante a un hijo. Las estancias en España durarán de 15 días y habrán de disfrutarse en los 12 meses siguientes a la presentación de la solicitud de la ayuda.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el día 31 de julio.
En el programa ‘Volver á Terra’, los beneficiarios estarán durante un período máximo de 14 días, en una residencia de tiempo libre o en otro establecimiento residencial de Galicia, programándose actividades y excursiones que favorezcan el reencuentro con su tierra. La Secretaría Xeral de Emigración se hará cargo del viaje de los beneficiarios desde los lugares de partida fijados por la Secretaría Xeral en Iberoamérica hasta el lugar de destino designado en Galicia. El plazo de presentación de solicitudes acaba el 17 de mayo.
Asturias
El programa ‘Añoranza 2008 está dirigido a mayores de 65 años que lleven más de 20 años sin visitar España o que sin cumplir los 65, lleven más de 45 años sin visitar España. Excepcionalmente los acompañantes podrán ser descendientes en primer grado del solicitante (hijos) que superen la edad de 45 años con nacionalidad española y no hayan visitado Asturias.
Los interesados tienen que aportar la siguiente documentación: copia del libro de familia o certificado de matrimonio o de convivencia, en su caso; certificado médico del solicitante y de su cónyuge, en su caso, en que acredite que están en condiciones óptimas para viajar, que se valen por sí mismos, que no padezcan enfermedad infectocontagiosa y que no padecen trastornos psicofísicos que alteren la normal convivencia en el grupo; y documento en que consten los ingresos económicos de la unidad familiar de convivencia. En el caso de menores de 65 años, deberán acreditar la condición de pensionista de invalidez, jubilación o viuvedad y/o carecer de ingresos económicos suficientes. También tienen que presentar copia del pasaporte español actualizado y en vigor, y en el caso de acompañantes no nacionales el pasaporte del mismo actualizado y en vigor, y partida de nacimiento en el caso de que el acompañante sea hijo. El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 15 de junio.
Para el programa del Imserso
Las ayudas convocadas por la Dirección General de Emigración para el programa de vaciones del Imserso tienen como objetivo facilitar a los españoles mayores que salieron de España y ahora son residentes en el exterior el reencuentro con la sociedad española. Pueden beneficiarse de estas ayudas losque sean pensionistas de jubilación, invalidez o viudedad del Sistema de Seguridad Social español o del de cualquier otro país o beneficiario de la prestación económica por razón de necesidad, y tener en todo caso 60 años o más; y los que tengan 65 años o más y residan en el exterior. También podrán ser beneficiarios los cónyuges de las personas indicadas o quienes no estando casados convivan como tales, siempre y cuando efectúen el viaje junto con el titular. En caso de tratarse de viudas o viudos, éstos deberán cumplir los requisitos generales. Se admite como acompañante a un hijo. Las estancias en España durarán de 15 días y habrán de disfrutarse en los 12 meses siguientes a la presentación de la solicitud de la ayuda.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el día 31 de julio.