El programa de este año comenzará el 3 de octubre y finalizará el 14 de octubre

Dos asturianos de Argentina y otros dos de Venezuela son los beneficiarios este año del programa Añoranza

El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) publicó, este martes 11, la resolución de la Consejería de Presidencia por la que se designan las personas beneficiarias del programa Añoranza-Asturias para el año 2023, se conceden, deniegan, desisten e inadmiten solicitudes de subvención en especie.
Dos asturianos de Argentina y otros dos de Venezuela son los beneficiarios este año del programa Añoranza

El programa Añoranza, cuyo importe estimado asciende a un total de 28.994 euros, comenzará el 3 de octubre y finalizará el 14 de octubre.

Las personas beneficiarias de este programa son dos asturianos de Argentina y otros dos de Venezuela, que cumplen con los requisitos contemplados en las bases reguladoras y en la resolución por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023.

La subvención se abonará en un solo pago directamente a la entidad prestadora de los servicios necesarios para el traslado y estancia en Asturias, así como para la asistencia y participación en el Programa Añoranza-Asturias 2023 de las personas beneficiarias, servicios los cuales serán objeto de licitación de acuerdo a la normativa de contratos del sector público.

Las personas beneficiarias de esta ayuda deberán comunicar al órgano concedente de la subvención, en un plazo no superior a 15 días, desde que se tenga conocimiento de la misma, cualquier alteración que se produzca en los datos tenidos en cuenta para la concesión de la misma. También deberán someterse a las actuaciones de comprobación que, en relación con las subvenciones concedidas, se practiquen por el órgano concedente, o a cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

Las ayudas concedidas al amparo de las presentes bases son incompatibles con otras ayudas, ingresos o recursos que se otorguen para la misma finalidad procedente de cualquier Administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de otros organismos internacionales.