Opinión

ESMA: Cadena perpetua

La sentencia del juicio de la megacausa de la Escuela de Mecánica de la Armada ESMA pasará a la historia como el juicio más importante de la historia judicial argentina. Durante casi 5 años se fue instruyendo esta causa donde aportaron sus testimonios 800 personas que fueron víctimas de este terrorífico campo de concentración en la propia capital argentina.

La causa ESMA estuvo a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 12, a cargo del juez Sergio Gabriel Torres, que investigó violaciones a los derechos humanos que tuvieron lugar entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983.

Siendo el encargado de dictar sentencia el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5 de la Capital –integrado por los jueces Leopoldo Bruglia, Adriana Palliotti, Daniel Obligado y Pablo Bertuzzi, este último en calidad de juez sustituto– dio a conocer el veredicto en el juicio oral por crímenes de lesa humanidad cometidos en la ESMA.

No hubiera sido posible este juicio si anteriormente la Audiencia Nacional española no hubiera iniciado, bajo la instrucción del juez Baltasar Garzón, el juicio por los delitos de genocidio y terrorismo de Estado, cometidos por la dictadura militar del general Rafael Videla con el apoyo directo de la oligarquía argentina, los medios de comunicación monopólicos como Clarín y la propia iglesia católica. Posteriormente fue la justicia argentina la que tomó el relevo judicial. Fue a partir de que el presidente Néstor Kirchner adoptó una agresiva política para anular las leyes de impunidad y reabrir las causas por violaciones a los derechos humanos.

En 2003 la Corte Suprema de Justicia declaró la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad (Fallos:327:2312) y la inconstitucionalidad de las leyes de punto final y obediencia debida (Fallos: 328:2056). Contemporáneamente el  Congreso Nacional declaró nulas esas leyes mediante la Ley 25.779.

De ese modo se abrieron o reabrieron las causas judiciales por violaciones de los derechos humanos cometidos durante el Proceso de Reorganización Nacional. En 2007 la Corte Suprema estableció que existían 289 causas, con aproximadamente unos 1.000 procesos iniciados y con 556 personas procesadas (con sospecha de culpabilidad acreditada por semiplena prueba).

Entre los imputados de la ESMA, 29 represores fueron condenados a cadena perpetua por delitos de lesa humanidad. Entre los condenados a la máxima pena prevista en la legislación argentina, están Jorge El Tigre Acosta, jefe del Grupo de Tareas que secuestraba y torturaba a opositores del régimen y su mano derecha, Alfredo Astiz. La misma pena recibieron dos de los pilotos de los “vuelos de la muerte”, que lanzaron al vacío, sobre el mar o el río de la Plata, los cuerpos dopados de decenas de detenidos-desaparecidos. Entre las personas que conocieron tan trágico fin están dos monjas francesas, Alice Domon y Leonie Duquet, y algunas Madres de la Plaza de Mayo, como su fundadora, Azucena Villaflor. Otro de los pilotos, Julio Poch, que había sido detenido en Valencia (España) en septiembre de 2009, fue absuelto.

Otros 19 represores fueron condenados a penas de entre 8 y 25 años de prisión y entre los 6 absueltos está Juan Alemann, un civil que fue secretario de Hacienda de la dictadura, que habría sido reconocido en una visita a los secuestrados en la ESMA. La lectura de la sentencia duró casi cuatro horas en medio de una gran expectativa y tensión en la sala, que fue acompañada por centenares de personas en las cercanías del juzgado.

La portavoz de Madres de Plaza de Mayo (Línea Fundadora), Nora Cortiñas, declaró emocionada: “Hoy es el triunfo del pueblo. Es el pueblo el que logró que este juicio se llevara a cabo y que hoy estuvieran sentados los genocidas, delante de los jueces. Todas las imágenes de ellos salieron al mundo. Los genocidas no pueden disimular todo lo que hicieron. No pueden tapar esa historia. Una historia de terror, siniestra. Los que no recibieron la condena ya la van a recibir porque la lucha continúa”.

Entre las persona secuestradas y posteriormente asesinadas están numerosas víctimas de origen gallego. El caso más conocido, que es parte sustancial del informe de la fiscal Mercedes Soiza Reilly, es la desaparición de la militante de la juventud comunista Inés Ollero, que fue el primer caso de “habeas corpus” aceptado durante la dictadura, siendo el juez Eugenio Raúl Zafaroni, el encargado de dictar dicha resolución. La investigación de su padre, César Ollero, fue determinante para que este caso se convirtiera en un testimonio fundamental para juzgar a estos criminales. “El expediente iniciado por el abogado Nuger empezaba a concentrar pruebas como ningún otro expediente lo hizo durante la dictadura”, expresó la fiscal Mercedes Soiza Reilly en el tramo de su alegato en el que expuso en la megacausa. Silvia Ollero, hermana de Inés, declaró al conocer la sentencia: “Siento mucha alegría por esta sentencia y al mismo tiempo mucho dolor y rabia por todo el sufrimiento que nos hicieron pasar. Al escuchar la sentencia pensé en mi padre César, que tanto luchó para que llegara este día”.

Las víctimas gallegas fueron Elsa Martínez Mesejo, Gondomar (Pontevedra); Salvador Barbeito Doval, Sanxenxo (Pontevedra); Hilda Fernández Durán, Boimorto (A Coruña); María Noia García, Leiro (Ourense); Beatriz Ofelia Mancebo (A Coruña). También otras personas de este origen sufrieron secuestro y desaparición y posteriormente fueron puestas en libertad, entre ellas, Susana Leirachá, Valdoviño (A Coruña); Nora López Tomé, Coirós (A Coruña); Graciela Daleo, Cervo (Lugo); y Pilar Calveiro, A Coruña.

Tanto en el juicio que se instruyó en España por el juez Garzón como en la causa del Primer Cuerpo de Ejército y la megacausa ESMA tuvo una activa participación la Federación de Asociaciones Gallegas y la Confederación Intersindical Galega.

La dirigente de la federación gallega Lorena Lores señaló, ante la sentencia: “Se ha hecho justicia con nuestras víctimas gallegas y argentinas. Lamentablemente, la monarquía española, a través del rey Juan Carlos, le dio su apoyo directo al gobierno de Videla, desatendiendo a las víctimas españolas. Reclamamos al gobierno español que la ley 29/2011 del 22 de septiembre de Reconocimiento y Protección Integral de las víctimas de terrorismo, tanto en el territorio español como en el exterior, también puedan acogerse a dicha ley, de la cual están excluidas”.

Listado de imputados: Jorge Eduardo Acosta, Randolfo Agusti Scacchi, Juan Alemann, Juan Arturo Alomar, Paulino Oscar Altamira, Mario Daniel Arru, Alfredo Astiz, Juan Antonio Azic, Daniel Humberto Baucero, Julio César Binotti, Carlos Octavio Capdevilla, Ricardo Miguel Cavallo, Miguel Enrique Clements, Daniel Néstor Cuomo, Rodolfo Cionchi, Juan de Dios Daer, Alejandro Domingo D’Agostino, Hugo Enrique Damario, Carlos Eduardo Daviou, Jorge Manuel Díaz Smith, Francisco Di Paola, Adolfo Miguel Donda, Juan Carlos Fotea, Rubén Oscar Franco, Miguel Ángel García Velasco, Pablo García Velasco, Alberto E. González, Orlando González, Ricardo Jorge Lynch Jones, Jorge Luis Magnacco, Roque Ángel Martello, Rogelio José Martínez Pizarro, Luis Ambrosio Navarro, Víctor Roberto Olivera, Rubén Ricardo Ormello, Eduardo Aroldo Otero, Mario Pablo Palet, Guillermo Pazos, Antonio Rosario Pereyra, Antonio Pernías, Claudio Orlando Pittana, Julio Alberto Poch, Héctor Francisco Polchi, Jorge Carlos Rádice, Francisco Lucio Rioja, Miguel Ángel Alberto Rodríguez, Juan Carlos Rolón, Néstor Omar Savio, Hugo Sifredi, Emir Sisul Hess, Carlos Guillermo Suárez Mason, Gonzalo Torres de Tolosa, Eugenio Vilardo y Ernesto F. Weber.