BENEFICIARÁ A LOS EMIGRANTES EN SU ESTANCIA EN GALICIA
Sanidade publica la Orden por la que se regula la expedición de la tarjeta sanitaria
El Diario Oficial de Galicia publicó la orden de la Consellería de Sanidade por la que se regula el procedimiento de expedición de la tarjeta sanitaria para los gallegos residentes en el exterior, durante su estancia temporal en Galicia. Dicha tarjeta sanitaria es el documento de carácter básico para el acceso a la asistencia sanitaria prestada por el sistema público de salud de la comunidad.
El Diario Oficial de Galicia publicó la orden de la Consellería de Sanidade por la que se regula el procedimiento de expedición de la tarjeta sanitaria para los gallegos residentes en el exterior, durante su estancia temporal en Galicia. Dicha tarjeta sanitaria es el documento de carácter básico para el acceso a la asistencia sanitaria prestada por el sistema público de salud de la comunidad.
Según lo publicado en el artículo primero de esta orden, constituye el objeto de la misma establecer el procedimiento de expedición y activación de la tarjeta sanitaria que servirá de acreditación para el acceso a los servizos sanitarios de la cidadanía gallega, de origen o ascendencia, residentes en el extranjero.
La orden tiene como finalidad habilitar la provisión de servicios sanitarios y establecer un procedimiento ágil y sencillo para la expedición y activación de esta tarjeta sanitaria.
Para su solicitud, la persona interesada se dirigirá, bien por escrito o en persona, a la gerencia de Atención Primaria del Servizo Galego de Saúde a la que pertenezca el municipio en el que resida durante su estancia en Galicia. Así mismo, el Sergas está trabajando para que este trámite de presentación de la solicitud se realice a través de la web de la Administración sanitaria gallega (www.sergas.es).
Una vez presentada la documentación requerida (bien sea en persona o por correo), se procederá a dar de alta al interesado en la base de datos de tarjeta sanitaria, y a la activación de la misma con los datos de identificación personal y el período de validez reconocido, procediendo, al mismo tiempo, a la asignación del cupo médico del centro de salud que le corresponda por razones de proximidad a su residencia de estancia temporal.
El plazo de validez coincidirá con el de la estancia temporal en Galicia. La renovación de este documento se podrá realizar sin necesidad de presentar de nuevo la documentación, cuando vuelva de nuevo a Galicia.
Según lo publicado en el artículo primero de esta orden, constituye el objeto de la misma establecer el procedimiento de expedición y activación de la tarjeta sanitaria que servirá de acreditación para el acceso a los servizos sanitarios de la cidadanía gallega, de origen o ascendencia, residentes en el extranjero.
La orden tiene como finalidad habilitar la provisión de servicios sanitarios y establecer un procedimiento ágil y sencillo para la expedición y activación de esta tarjeta sanitaria.
Para su solicitud, la persona interesada se dirigirá, bien por escrito o en persona, a la gerencia de Atención Primaria del Servizo Galego de Saúde a la que pertenezca el municipio en el que resida durante su estancia en Galicia. Así mismo, el Sergas está trabajando para que este trámite de presentación de la solicitud se realice a través de la web de la Administración sanitaria gallega (www.sergas.es).
Una vez presentada la documentación requerida (bien sea en persona o por correo), se procederá a dar de alta al interesado en la base de datos de tarjeta sanitaria, y a la activación de la misma con los datos de identificación personal y el período de validez reconocido, procediendo, al mismo tiempo, a la asignación del cupo médico del centro de salud que le corresponda por razones de proximidad a su residencia de estancia temporal.
El plazo de validez coincidirá con el de la estancia temporal en Galicia. La renovación de este documento se podrá realizar sin necesidad de presentar de nuevo la documentación, cuando vuelva de nuevo a Galicia.