PONE EN FUNCIONAMIENTO POR PRIMERA VEZ UN PROGRAMA ESPECíFICO PARA COLABORAR EN LA FORMACIóN DE LOS MENORES DE 35 AñOS

Migraciones apuesta por la integración social y laboral de los jóvenes residentes en el exterior

La Dirección General de Migraciones trabaja en el desarrollo de un nuevo programa destinado a favorecer la integración laboral y social de los jóvenes españoles en la diáspora, mediante actuaciones específicas que les permitan continuar con su formación en el exterior, o bien aprovecharse de su experiencia para emprender el retorno.

Migraciones apuesta por la integración social y laboral de los jóvenes residentes en el exterior
Miras con jóvenes en Uruguay
Aurelio Miras Portugal, con jóvenes descendientes de españoles, durante su visita a Uruguay en abril de 2012.

La Dirección General de Migraciones trabaja en el desarrollo de un nuevo programa destinado a favorecer la integración laboral y social de los jóvenes españoles en la diáspora, mediante actuaciones específicas que les permitan continuar con su formación en el exterior, o bien aprovecharse de su experiencia para emprender el retorno. Se trata de una apuesta del responsable del departamento, Aurelio Miras Portugal, ante la nueva oleada de emigración que se detecta en España como consecuencia de la crisis económica por la que atraviesa el país y que afecta de un modo especial a los jóvenes. Los destinatarios son personas menores de 35 años que acrediten al menos un mes de residencia en el exterior en el momento de publicarse la convocatoria en el BOE, el pasado 14 de septiembre.

La Dirección General de Migraciones se ocupa de prestar apoyo y atención a los ciudadanos residentes en el exterior y a los retornados y para ello contempla la concesión a estos colectivos de prestaciones económicas, ayudas asistenciales y programas de ayudas y subvenciones que contribuyan a mejorar su situación personal. Entre los beneficiarios de sus políticas están los jóvenes de la diáspora que, a partir de ahora, podrán solicitar las subvenciones destinadas al programa de inserción, dotado con 2,4 millones de euros, siempre y cuando sean menores de 35 años y acrediten un periodo de residencia en el exterior de al menos un mes en el momento de publicarse la convocatoria, lo que tuvo lugar el pasado 14 de septiembre.
Como contrapartida, los aspirantes a recibir la ayuda de la Dirección General de Migraciones deberán realizar actuaciones orientadas a su integración social y laboral: información, orientación profesional y asesoramiento en el exterior sobre empleo y emprendimiento, así como sumarse a programas de formación, prácticas en empresas, de especialización profesional y de emprendimiento, que permitan la incorporación del solicitante en el mercado laboral del país de residencia.
También se exige participar en programas de perfeccionamiento de lengua extranjera en el país de residencia y en aquellos que faciliten el retorno, así como la participación en proyectos emprendedores en España.
En todo caso, los destinatarios finales deberán estar inscritos en el Registro de Matrícula Consular correspondiente en el momento de inicio de la actividad.
El procedimiento de concesión de las ayudas y subvenciones reguladas en esta orden se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y se iniciará de oficio.
Las correspondientes convocatorias de subvenciones se realizarán de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
Podrán acceder a la condición de beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta orden las empresas y entidades sin fin de lucro, radicadas en el exterior y en España, que tengan entre sus fines la realización de las actividades objeto del programa.
Las entidades y empresas solicitantes de las subvenciones habrán de estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo y no tener declarada la obligación de reintegrar una cuantía superior al 40 por ciento del importe recibido por ayudas y subvenciones con cargo al presupuesto de la Secretaria General de Inmigración y Emigración o de la anterior Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, en cualquiera de las últimas cinco convocatorias, como resultado de procedimientos de reintegro.
Así mismo, deberán disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa para ello.


Criterios de valoración
Para evaluar las solicitudes conforme a los criterios de valoración establecidos en la presente orden, se formará una Comisión de Evaluación que tendrá la consideración de órgano colegiado y que estará constituida por el subdirector general adjunto de Emigración, un jefe de Servicio, y un empleado público designado por el titular de la Dirección General de Migraciones, que actuará como secretario, o los suplentes de los mismos que designe el órgano concedente.
Las solicitudes de ayudas podrán presentarse en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en todo caso, en el exterior, en las Consejerías de Empleo y Seguridad Social, en las Secciones de Empleo y Seguridad Social de las Oficinas Consulares, así como en los Consulados o Secciones Consulares de las Embajadas correspondientes al domicilio o residencia del peticionario de la ayuda.
En España, en las Áreas Funcionales o Dependencias Provinciales de Trabajo e Inmigración, respectivamente, correspondientes al domicilio del solicitante o, en su caso, en las Direcciones Insulares, y en la Dirección General de Migraciones.
En la sede electrónica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social: https://sede.empleoyseguridadsocial.gob.es/es/sede_electronica/index.htm, mediante firma a través de DNI electrónico o un certificado electrónico de otra autoridad de certificación reconocida, de acuerdo con la información publicada en la misma sede.
Los demandantes deberán presentar la solicitud en cualquiera de estos organismos antes del martes, día 8 de octubre.