ES EL TERCER AÑO QUE SE CONVOCAN Y HAN TENIDO UN ÚNICO BENEFICIARIO, PABLO IBAR

Exteriores ofrece ayudas por 60.000 euros a españoles que afronten condenas de muerte

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado martes la convocatoria de una ayuda e 60.000 euros ofrecida por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para contribuir a costear la defensa de los españoles acusados en el extranjero de un delito que se pueda castigar con la pena de muerte.
Exteriores ofrece ayudas por 60.000 euros a españoles que afronten condenas de muerte
 Pablo Ibar.
Pablo Ibar.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado martes la convocatoria de una ayuda e 60.000 euros ofrecida por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para contribuir a costear la defensa de los españoles acusados en el extranjero de un delito que se pueda castigar con la pena de muerte.
Se trata del tercer año consecutivo en que el Ministerio convoca esta subvención, que hasta la fecha ha tenido un solo beneficiario, el único español condenado a la pena capital en la actualidad, Pablo Ibar, que ha recibido del Estado español desde 2009 alrededor de 110.000 euros –60.000 en 2009 y 50.000 en 2010– y que este año volverá a pedir la ayuda, según el portavoz de la Asociación contra la Pena de Muerte ‘Pablo Ibar’, Andrés Krakenberger.


Pablo Ibar
Ibar, de 37 años, tiene la doble nacionalidad española y estadounidense y permanece desde el año 2000 en el corredor de la muerte del penal de Raiford, en Starke, al norte de Florida (EEUU), condenado por un triple asesinato.
Se encuentra inmerso en pleno proceso para intentar declarar nulo el juicio que le condenó a la pena capital. Según intenta demostrar su defensa, en ese proceso no se respetaron sus derechos constitucionales porque no disfrutó de una asistencia letrada efectiva y porque la principal prueba de cargo –una foto borrosa sacada de una cinta de videovigilancia–, no es suficiente para condenar a una persona a muerte, más aún cuando ninguna de las huellas dactilares ni el ADN recogidos en el escenario del crimen coinciden con los del acusado.
La familia del condenado, a través de la Asociación contra la Pena de Muerte ‘Pablo Ibar’, ha recurrido a diversas instancias para recaudar dinero y poder pagar al actual abogado del español, el estadounidense Benjamin Waxman.
Exteriores convocó en 2009 por vez primera una ayuda para españoles como Ibar e introdujo una excepción a la normativa de bases reguladoras de las ayudas de protección y asistencia consulares en el extrajero, que sólo contempla la posibilidad de sufragar los gastos de la defensa jurídica de españoles ante un procedimiento penal en el extranjero cuando el nacional carezca de medios económicos suficientes y en aquellos países donde no existiera un sistema de defensa de oficio gratuito similar al que hay en España.
Exteriores quiso introducir una excepción al respecto para que este “principio general” de no costear asistencia jurídica privada a acusados españoles en países donde existe un sistema de defensa de oficio equiparable al español no se aplique “de forma absoluta”, explica la orden publicada en el BOE.
La “propia excepcionalidad” de la pena de muerte, no prevista en el ordenamiento jurídico español y cuya abolición universal es “uno de los objetivos expresos” de la política exterior del Gobierno (el presidente José Luis Rodríguez Zapatero lidera una iniciativa para lograr una moratoria universal de la pena capital para 2015) “justifica plenamente establecer una excepción al mencionado principio general”, añade.
Exteriores subraya que los costes muy elevados que implica una defensa jurídica “de calidad” en un procedimiento de esta índole hace que “en pocos casos los acusados tengan recursos suficientes para costearla, lo que justifica igualmente la posibilidad de que el Estado coadyuve para sufragar la defensa jurídica”.
Además, no supondrá un trato de privilegio en relación con los acusados en España, ya que esta excepción se establece para la defensa jurídica frente a una pena a la que no puede enfrentarse ningún acusado en España, fuere cual fuere el delito del que se le acusa, aclara.


Beneficiarios
Los beneficiarios de la ayuda podrán ser los propios ciudadanos españoles que se enfrenten a la pena de muerte, así como otras personas físicas, españolas o extranjeras, o instituciones con personalidad jurídica privada, domiciliadas en España o en el extranjero, que vayan a prestar asistencia al acusado o condenado.
Las solicitudes podrán presentarse, desde el pasado miércoles, durante un periodo de dos meses. Al entorno de Ibar se le exige haber justificado las ayudas recibidas con anterioridad por el Ministerio para recibir esta tercera subvención.