España vuelve a las urnas por el fracaso de la negociación para formar gobierno

Los españoles en el exterior que rogaron el voto en abril no tendrán que pedirlo para el 10-N

Los españoles están llamados de nuevo a las urnas. La falta de acuerdo entre las fuerzas políticas para formar gobierno aboca a una nueva consulta el 10-N. Así se acordó tras la ronda de consultas del Rey de esta semana, en la que ningún candidato se presentaba con los apoyos suficientes para lograr la investidura. 

Los españoles en el exterior que rogaron el voto en abril no tendrán que pedirlo para el 10-N
Calendario electoral 10N

Los españoles están llamados de nuevo a las urnas. La falta de acuerdo entre las fuerzas políticas para formar gobierno aboca a una nueva consulta el 10-N. Así se acordó tras la ronda de consultas del Rey de esta semana, en la que ningún candidato se presentaba con los apoyos suficientes para lograr la investidura.

Un total de 2.111.202 españoles en el extranjero podrán ejercer su derecho al voto el próximo 10 de noviembre, una vez se disuelvan las Cortes, lo que está previsto para el próximo 24 de septiembre.

La convocatoria exime a los españoles en el exterior que rogaron el voto para los comicios de las generales del pasado 28 de abril de volver a realizar la solicitud, siempre y cuando sigan inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) vigente para las nuevas elecciones.

Un problema añadido a superar en esta convocatoria es el del calendario. La reforma de la LOREG reduce de 54 a 47 días la duración del proceso electoral y rebaja también de 15 a 8 las jornadas de campaña electoral. Ello reduce el margen para que los españoles en el extranjero puedan ejercer su derecho al voto.

El CERA se podrá consultar entre el 30 de septiembre y el 7 de octubre en los consulados, periodo en el que podrán presentarse las reclamaciones correspondientes.

Aquellos que no hubiesen solicitado el voto en las anteriores elecciones generales podrán hacerlo hasta el 19 de octubre, a través de la página web de la Oficina del Censo Electoral (OCE) o mediante el envío del impreso de solicitud por fax o correo postal a la delegación provincial de la OCE .

Para enviar el voto por correo, una vez recibida la documentación, se dispondrá de plazo hasta el 5 de noviembre. Para depositarlo en urna, se dispone de los días 6, 7 y 8 de noviembre, aunque es posible que la Junta Electoral Central, como ya ocurrió en anteriores elecciones, amplíe el plazo hasta el mismo día 10.