Cuenta con un presupuesto de 120.000 euros para 2016

Castilla y León convoca las ayudas para los residentes del exterior en situación de especial necesidad

El Boletín Oficial de Castilla y Léon (Bocyl) publica hoy, miércoles 23, la convocatoria de ayudas para los castellanos y leoneses en el exterior que se encuentren en situación de especial necesidad para las que se cuenta con un crédito global estimado de 120.000 euros, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente para su cobertura en los presupuestos generales del próximo año.

Castilla y León convoca las ayudas para los residentes del exterior en situación de especial necesidad

El Boletín Oficial de Castilla y Léon (Bocyl) publica hoy, miércoles 23, la convocatoria de ayudas para los castellanos y leoneses en el exterior que se encuentren en situación de especial necesidad para las que se cuenta con un crédito global estimado de 120.000 euros, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente para su cobertura en los presupuestos generales del próximo año.

El plazo para la presentación de solicitudes comprenderá el periodo entre el 8 de febrero y el 15 de marzo.

Podrán ser beneficiarios de esta ayuda, que tiene como objeto paliar la situación derivada de la carencia de recursos de los castellanos y leoneses del exterior, los españoles del exterior, así como sus descendientes inscritos como españoles, que hayan establecido un ayuntamiento de Castilla y León como municipio de inscripción en España. Quedan excluidos de esta convocatoria los solicitantes que hubiesen obtenido esta ayuda en los años 2013, 2014 ó 2015, incluidos los miembros que componen su unidad familiar.

Los solicitantes deberán ser mayores de 18 años, tener nacionalidad española y haber residido de forma continuada durante al menos un año con carácter inmediatamente previo a la presentación de su solicitud en Argentina, Colombia, El Salvador, Nicaragua, República Dominicana, Bolivia, Costa Rica, Guatemala, Panamá, Uruguay, Brasil, Cuba, Honduras, Paraguay, Venezuela, Chile, Ecuador, México y Perú. Además, los ingresos de la unidad familiar, tanto en la fecha de presentación de la solicitud como durante el ejercicio 2015, no deben ser superiores al nivel mínimo de subsistencia establecido y ningún miembro de la unidad familiar debe tener bienes patrimoniales con un valor superior al índice de referencia en el cómputo anual del país de residencia para el año 2015, excluida la vivienda habitual de la unidad familiar.

La cuantía de la ayuda se determinará por el índice de referencia del país de residencia del solicitante, que coincide con las bases de cálculo para las prestaciones económicas por razón de necesidad fijadas anualmente por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, y los ingresos de la unidad familiar del solicitante.

Los interesados podrán presentar sus solicitudes de forma presencial  y telemáticamente a través de la web www.tramitacastillayleon.jcyl.es, así como por fax al número de la Oficina Departamental de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de la Presidencia, 00 34 983 411312.

La solicitud deberá estar acompañada por el pasaporte español vigente del solicitante, en el que conste la inscripción en el Registro de Matrícula Consular como residente, con una antigüedad al menos de un año en el mismo o, en su defecto, certificación consular que acredite este extremo así como su inscripción en un municipio de Castilla y León, por la relación de miembros de la unidad familiar e ingresos percibidos por cada uno de ellos, conforme modelo normalizado disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, por un documento público del país de residencia que acredite fehacientemente la identidad del solicitante y, en su caso, de los demás miembros que componen la unidad familiar, por la certificación acreditativa de la convivencia familiar y por el libro de familia o documento análogo, y/o documento que acredite la existencia de pareja de hecho.

También deberá presentarse copia de la declaración de la renta para los residentes en los países donde existe esta obligación. En el caso de no estar obligado a presentarla, se deberá adjunta justificación oficial de esta circunstancia, en los países en los que se expida, y certificación o justificante acreditativo de los ingresos, rentas o pensiones que perciban todos los miembros de la unidad  familiar. De no percibirlos, se aportará declaración responsable de tal circunstancia del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar.

Los residentes en los países que no tienen obligación de presentar declaración de la renta de las personas físicas o equivalente se presentará un justificante acreditativo de rentas o una declaración responsable del solicitante de no percibir rentas.

También se deberá presentar la documentación acreditativa del valor catastral y patrimonial de bienes inmuebles, a excepción de la residencia habitual o domicilio de convivencia, y de las explotaciones económicas, así como de valores, depósitos u otro capital mobiliario, de los que sean titulares el solicitante o alguno de los miembros de la unidad familiar, identificando el bien inmueble que constituye la residencia habitual. Si ésta fuera el único existente, bastará con la declaración responsable del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar de no poseer otros bienes.

La Consejería de la Presidencia puso en marcha esta línea de ayudas en 2013 para mejorar la calidad de vida de los castellanos y leoneses que vivan en otros países y desde entonces se han beneficiado de ellas 645 familias.