Se compromete a contestar las peticiones de información en el mismo día

Canarias aprueba la carta de servicios de la Dirección General de Emigración

El Boletín Oficial de Canarias (BOC) de este viernes, día 3, publicó la resolución por la que se aprueba la carta de servicios de la Dirección General de Emigración, el órgano encargado de la gestión de las competencias en materia de emigración atribuidas a la Presidencia del Gobierno, tanto en lo que respecta a las personas emigrantes canarias y a sus descendientes, como a las entidades canarias en el exterior.

Canarias aprueba la carta de servicios de la Dirección General de Emigración

En el documento, además de explicar cuáles son las competencias de este organismo, se recogen los compromisos que tiene tanto con los canarios del exterior como con las instituciones. En concreto, se recoge que las demandas de información se responderán en el mismo día de la consulta si se hacen de manera personal o por teléfono; y en un máximo de 15 días, si la consulta es por escrito, internet o correo electrónico.

También se comprometen a derivar al órgano competente las solicitudes de partidas de nacimiento y/o bautismo, matrimonio o defunción en un plazo máximo de 10 días desde su recepción y luego notificar el resultado de la gestión.

Otro de los compromisos es la ejecución de los programas de carácter sanitario y asistencial a las personas emigrantes canarias y sus descendientes dentro de los plazos previstos y la resolución de las convocatorias de ayudas y subvenciones genéricas antes del día 30 de junio de cada ejercicio presupuestario.

Asimismo, las solicitudes de subvenciones directas se resolverán en un plazo máximo de dos meses desde que la solicitud cumpla los requisitos legales para su otorgamiento y las ayudas y subvenciones a las personas emigrantes canarias que retornan se resolverán en un plazo máximo de 60 días hábiles a contar desde el registro de entrada de la solicitud.

Otro de los compromisos con los canarios del exterior es mantener permanentemente actualizada la información en materia de emigración y de retorno del portal web de la Presidencia del Gobierno, así como realizar al menos una vez al año una actividad de promoción de la identidad cultural de las personas emigrantes canarias en el exterior.

En cuanto a las entidades canarias del exterior, la resolución también recoge que el plazo para contestar a las solicitudes de información será del mismo día de la consulta si se hacen personalmente o por teléfono, y de 15 días si son por escrito, internet o correo electrónico.

Asimismo, la Dirección General de Emigración se compromete a tramitar los expedientes de reconocimiento de las entidades canarias en el exterior en el plazo máximo de tres meses y a resolver las ayudas y subvenciones a entidades antes del día 30 de octubre de cada ejercicio presupuestario.

También se resolverán las solicitudes de información sobre requisitos, trámites y documentación en un plazo máximo de diez días y las solicitudes de ayudas y subvenciones para la construcción y equipamiento de centros de acogida en el plazo máximo de tres meses.