Contará con un total de cuatro líneas de ayudas

El BOPA publica las bases reguladoras de las ayudas para entidades asturianas con reconocimiento de asturianía

El Boletín Oficial del Principado (BOPA) publicó este lunes, día 20, las bases que regulan la concesión de las subvenciones para las comunidades asturianas con reconocimiento de asturianía y que están encaminadas a la realización de actividades de impulso y difusión de la cultura asturiana, gastos corrientes, gastos derivados de los intereses de la adquisición o del pago del arrendamiento del inmueble en el que se ubique su sede social y para la realización de inversiones en sus sedes sociales.

El BOPA publica las bases reguladoras de las ayudas para entidades asturianas con reconocimiento de asturianía

El Boletín Oficial del Principado (BOPA) publicó este lunes, día 20, las bases que regulan la concesión de las subvenciones para las comunidades asturianas con reconocimiento de asturianía y que están encaminadas a la realización de actividades de impulso y difusión de la cultura asturiana, gastos corrientes, gastos derivados de los intereses de la adquisición o del pago del arrendamiento del inmueble en el que se ubique su sede social y para la realización de inversiones en sus sedes sociales.

Estas ayudas contarán con 4 líneas de subvención diferentes.

La Línea 1 está destinada a actividades culturales cuya finalidad es el impulso y difusión de la cultura asturiana, así como la promoción de Asturias en el municipio o país en el que se ubica la comunidad asturiana.

En el caso de estas actividades, se subvencionarán aquellos gastos necesarios para llevar a cabo las mismas y que no estén relacionados con comidas, bebidas y productos vinculados con la alimentación. En relación a este último aspecto, se exceptuarán aquellos destinados a la manutención de ponentes, conferenciantes y artistas devengados del desarrollo de estas actividades.

En esta línea de ayudas también se encuentran la celebración de fiestas tradicionales asturianas, así como la promoción de la gastronomía del Principado en diferentes celebraciones.

También se podrá solicitar esta línea de ayudas para la celebración de los actos conmemorativos del Día de Asturias, actividades realizadas por los grupos de cultura asturiana y deporte tradicional y aniversarios de constitución de las comunidades asturianas.

No podrán ser subvencionables los gastos derivados de actividades de carácter religioso ni las que tengan que ver con el Consejo de Comunidades Asturianas.

La línea 2 está destinada a subvencionar los gastos corrientes de la sede donde se ubique la comunidad asturiana; mientras que la línea 3 es para los gastos derivados de los intereses de la adquisición o del pago del arrendamiento del inmueble en el que se ubique la sede social.

La línea 4 de subvención es para realizar inversiones en las sedes sociales de la entidad como obras de construcción, reforma y conservación en la sede social, equipamiento para la sede social y equipamiento para grupos de deporte tradicional asturiano, folclore y música tradicional de las comunidades asturianas.

Las cantidades y plazos de solicitud serán establecidos en cada convocatoria.

Cada uno de las convocatorias diferenciará las ayudas para las entidades radicadas en España y las entidades en el extranjero.