El legado arquitectónico de estos emigrantes presenta unas características propias

Un informe del Consello da Cultura Galega caracteriza la arquitectura indiana gallega para ampliar su protección

El Consello da Cultura Galega (CCG) presentó este lunes 22 en rueda de prensa el informe ‘Arquitectura indiana en Galicia: propostas para a súa definición e protección patrimonial’. En él se analizan las manifestaciones arquitectónicas del fenómeno indiano en Galicia y se fijan unas características comunes que permitan identificarlas, catalogarlas y reforzar su protección jurídica.

Un informe del Consello da Cultura Galega caracteriza la arquitectura indiana gallega para ampliar su protección
CCG-Arquitectura indiana
María Isabel Novo, Rosario Álvarez, Xosé M. Núñez Seixas y Rebeca Blanco-Rotea, durante la presentación del informe.

Durante la presentación, la presidenta del CCG, Rosario Álvarez, subrayó que “llevábamos mucho tiempo con la de idea de expandir la atención al legado de la emigración que presta el CCG a toda la arquitectura indiana y definir sus límites para saber qué alcance puede tener la protección que se debe ejercer sobre ella”. Junto a la presidenta, intervinieron Xosé M. Núñez Seixas, vicepresidente del CCG y coordinador de la comisión técnica temporal encargada de ejecutar el estudio, y dos integrantes de la citada comisión: Rebeca Blanco-Rotea, coordinadora de la Sección de Patrimonio e Bens Culturais del CCG, y María Isabel Novo, letrada de la Xunta de Galicia. El informe ya está disponible para su descarga en el sitio web de la institución.

La huella de los gallegos emigrantes que, tras hacer fortuna en la otra orilla del Atlántico, volvieron a sus villas natales quedó de manifiesto en el tipo de construcciones que estos promovieron, entre las que se encuentran tanto viviendas de uso residencial como edificios destinados a otros fines (educativos, sanitarios, lúdicos etc.). Ese legado arquitectónico presenta unas características propias, fruto de la hibridación de ideas y estilos y de la mezcla entre tradición y modernidad. Es, así mismo, un legado cultural “que indujo mudanzas importantes en el paisaje, en la vida cotidiana y en las mentalidades y evolución sociopolítica de muchas de las aldeas, villas y ciudades de origen”, subraya el informe. Las llamadas viviendas de americanos, indianos o brasileños representan “una imagen icónica de esas transformaciones, por el gran impacto visual de su estética en el territorio, que sirve para marcar un auténtico paisaje cultural de la emigración”, continúa.

Analizar las manifestaciones inmuebles legadas por la emigración de retorno desde las Américas y establecer unos criterios tipológicos que permitan reforzar a su protección jurídica es el objetivo principal del Informe sobre la arquitectura indiana en Galicia. El documento fue elaborado al abrigo de un convenio de colaboración entre el Consello da Cultura Galega (CCG) y la Asociación de Letrados de la Xunta de Galicia. Para su ejecución se creó una comisión técnica temporal presidida por Xosé M. Núñez Seixas e integrada por expertos de diferentes disciplinas, que se organizaron en tres grupos de trabajo: uno sobre historia y patrimonio de la emigración, integrado por el propio Núñez Seixas y Raúl Soutelo Vázquez; otro sobre arquitectura indiana y paisaje, formado por Rebeca Blanco-Rotea y Teresa Táboas; y un tercero alrededor del régimen jurídico que protege estos bienes patrimoniales, con María Isabel Novo Castro, Carmen M. Salgueiro Moreira y Santiago Valencia Vila al frente.

Los principios reconocibles del patrimonio indiano

La Ley del patrimonio cultural de Galicia incluye una referencia expresa a la arquitectura indiana. Menciona que “los edificios relevantes de arquitectura de indianos que contengan principios reconocibles de su estilo arquitectónico” serán objeto de protección, pero “no especifica cuáles son para el caso de esta arquitectura”, subraya el informe. Dada esa carencia, la comisión técnica decidió “establecer los criterios para definir esta arquitectura, su ámbito geográfico de desarrollo y su cronología; es decir, poder ‘tipologizarla’ para protegerla”.

Pese a tratarse de un concepto que tiende a “ser muy líquido”, tal y como se indica en el propio estudio, se propone limitar la definición de arquitectura indiana gallega a “aquella promovida por migrantes retornados de las Américas, con un estilo orgánico que surge de la hibridación entre la arquitectura de origen (Galicia) y la de destino (América), y que se hace en territorio gallego”. A partir de esa definición, el informe establece unas características comunes identificadas en aquellos inmuebles que son representativos de la arquitectura indiana en Galicia y que, incluyen, por ejemplo, principios como la hibridación de la piedra con azulejos, mosaicos o pintura; la incorporación de elementos de saneamiento e higiene, o el empleo de una vegetación propia del lugar al que se emigrara.

“Hecha esa determinación e identificación, los correspondientes inmuebles podrán ser declarados de interés cultural o incluidos en el Catálogo do Patrimonio Cultural de Galicia (como bienes catalogados)”, apunta el informe, una labor en la que tanto las administraciones autonómicas como los municipios tienen un papel clave. Así mismo, el estudio insta a proteger no sólo las manifestaciones de la arquitectura indiana como patrimonio inmueble, sino también como patrimonio etnológico, ya que refleja “la identidad, la cultura y las formas de vida del pueblo gallego a lo largo de la historia”.

Junto con la Ley del patrimonio cultural de Galicia, el documento elaborado por la comisión técnica incluye un análisis general de las principales normas estatales de aplicación en materia de cultura, así como una revisión de la literatura historiográfica que da cuenta de los variados ejemplos tipológicos de arquitectura indiana que se conservan en la Galicia occidental. En el final del documento, se incluyen unas conclusiones generales, en las que se resalta que “la importancia del fenómeno indiano en Galicia podría llevar al impulso de líneas de actuación o estrategias junto con otros territorios peninsulares (desde el norte de Portugal hasta el País Vasco) que compartan este fenómeno, con vistas a una posible protección de mayor alcance que el estrictamente autonómico”.