El depósito en urna de la papeleta podrá realizarse del 10 al 15 de febrero

Los gallegos en el exterior comenzarán a recibir la documentación para votar a partir del 13 de enero

El anuncio que la pasada semana realizó el presidente Alfonso Rueda, señalando el 18 de febrero como la fecha de las elecciones autonómicas en Galicia, puso en marcha la maquinaria para ejercer el derecho al voto en esos comicios. La aparición en el DOG (Diario Oficial de Galicia) de la convocatoria –lo que tuvo lugar este martes, 26 de diciembre– lleva aparejada la publicación del calendario establecido para participar en la elección, de lo que da cuenta el Instituto Nacional de Estadística (INE).
Los gallegos en el exterior comenzarán a recibir la documentación para votar a partir del 13 de enero
Calendario electoral 18-F

Según recoge el citado organismo, son cinco los plazos de interés que deben tener en cuenta los votantes del CERA (residentes en el exterior) que quieran contribuir con su sufragio a definir el Parlamento gallego en la próxima cita con las urnas. Empezando por el primer envío de documentación, que se inicia el 13 de enero y se prolongará hasta el día 19 de ese mismo mes. Dicho envío contiene el sobre de votación, dos certificados de estar inscrito en el censo del exterior, un sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial, otro dirigido al consulado o embajada de referencia, una hoja informativa sobre cómo ejercer el derecho de voto y la dirección de la página web oficial en la que se expondrán las candidaturas (en la que estarán disponibles los juegos de papeletas descargables), así como la relación de los centros habilitados para el depósito en urna en el ámbito de su demarcación consular.

Tras este primer envío, se procederá a realizar un segundo con las papeletas oficiales a la dirección de inscripción de cada elector residente ausente, lo que tendrá lugar entre el 24 y el 28 de enero en aquellas provincias donde no hubiera sido impugnada la proclamación de candidatos. En las restantes, el plazo abarca desde el 29 de enero al 3 de febrero.

Los electores del CERA tienen asimismo de plazo desde el 23 de enero al 13 de febrero para remitir por correo el voto a los consulados. En el caso de que quieran votar en urna, dispondrán de seis días para hacerlo en un periodo de tiempo comprendido entre el sábado 10 y el jueves 15 de febrero.

Información telefónica

Del 1 al 8 de enero, los ayuntamientos van a mantener un servicio de consulta del censo vigente; las listas de electores residentes en el extranjero se podrán consultar también en esas mismas fechas en los Consulados. De este modo, del 1 al 8 de enero, cualquier persona puede presentar reclamación sobre sus datos censales en los ayuntamientos, consulados o directamente en las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral.

Durante el período electoral, la Oficina del Censo Electoral ofrece un servicio de atención telefónica en el número 900-343232, en el que se atenderán cuantas consultas le sean formuladas relacionadas con sus actividades en estas elecciones. El horario de apertura es de lunes a viernes no festivos, de 9 a 14 horas.

Residentes en el extranjero temporalmente en España

Los residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en España y quieran participar en el proceso electoral, deberán solicitar el voto por correo desde este martes, 26 de diciembre, y hasta el próximo 8 de febrero. La documentación les será enviada entre el 29 de enero y el 11 de febrero y tendrán de plazo para remitir el voto por correo desde el 29 de enero hasta el 14 de febrero.