DNI, Tarjeta Sanitaria e Informe de Vida Laboral figuran entre los indispensables

La Embajada en Alemania recuerda los requisitos para desplazarse al país por motivos laborales

Los españoles que deseen desplazarse a Alemania por motivos laborales deberán ir provistos de DNI, Tarjeta Sanitaria Europea o Certificado Provisional Sustitutorio, Informe de Vida Laboral actualizado, Formulario U1 de cotizaciones, certificado de antecedentes penales, certificados académicos y profesionales y cartas de recomendación de las empresas en las que haya trabajado.

La Embajada en Alemania recuerda los requisitos para desplazarse al país por motivos laborales

Los españoles que deseen desplazarse a Alemania por motivos laborales deberán ir provistos de DNI, Tarjeta Sanitaria Europea o Certificado Provisional Sustitutorio, Informe de Vida Laboral actualizado, Formulario U1 de cotizaciones, certificado de antecedentes penales, certificados académicos y profesionales y cartas de recomendación de las empresas en las que haya trabajado. Así lo recomienda la Consejería de Empleo y Seguridad Social de la Embajada de España en Berlín con el fin de evitar retrasos o problemas que pudieran estar ocasionados por los trámites burocráticos.

Por lo que respecta a la Tarjeta Sanitaria o Certificado Provisional Sustitutorio, estos documentos acreditan el derecho a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias, desde un punto de vista médico, durante la estancia temporal por motivos de trabajo, estudios, turismo, en Alemania, de acuerdo con la legislación del país de estancia. La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) no es válida cuando el desplazamiento tenga la finalidad de recibir tratamiento médico. La TSE puede solicitarse ‘on line’ a través de la página web de la Seguridad Social: https://sede.seg-social.gob.es/Sede_1/ServiciosenLinea/Ciudadanos/232000

El informe de vida laboral consta de una primera página en la que figuran los datos identificativos del solicitante, el número de días en situación de alta a la fecha de expedición del informe, notas informativas y otros posibles textos en función de las circunstancias concretas de cada persona en su relación con la Seguridad Social. La segunda y, en su caso, posteriores páginas incluyen los distintos períodos que tenga acreditados la persona titular del informe en el sistema de la Seguridad Social. El informe de vida laboral puede solicitarse también ‘on line’ en: https://sede.seg-social.gob.es/Sede_1/ServiciosenLinea/Ciudadanos/231443

Con el formulario U1 se acreditan las cotizaciones realizadas en España a fin de que éstas puedan tenerse en cuenta para el cálculo de futuras prestaciones contributivas por desempleo en Alemania. Más información en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE): http://www.sepe.es/contenido/empleo_formacion/eures/info_trabajadores/eu0104.html

Muchos empleadores solicitan la presentación del Certificado de antecedentes penales junto con el ‘curriculum vitae’, sobre todo en profesiones relacionadas con el cuidado de menores o de carácter sanitario. Se puede solicitar a través de la página web del Ministerio de Justicia: http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1215326256568/Detalle.html

En el caso de que se esté cobrando prestación o subsidio por desempleo en España, las personas desempleadas en España pueden desplazarse a Alemania para buscar empleo y exportar las prestaciones por desempleo en este país durante un período inicial de tres meses, prolongable excepcionalmente y sólo si hay confirmación previa por parte del SEPE, a un máximo de seis meses. Para ello el desempleado debe haber estado a disposición del mercado de trabajo español durante, al menos, cuatro semanas y solicitar la exportación de prestaciones ante el SEPE de su provincia. El SEPE expedirá el formulario U2 (antiguo E303) y exigirá registrarse ante la Agencia Federal de Empleo (Bundesagentur für Arbeit) como demandante de empleo mediante la entrega del citado certificado (el plazo para realizar esta inscripción es de siete días desde que se expide el certificado U2). A partir de ese momento el desempleado se somete a las normativas sociales de Alemania.

Como alternativa a la exportación, o si el motivo de salida de España no es buscar un puesto de trabajo, es posible solicitar la suspensión de la prestación española por desempleo hasta el regreso a España. Los motivos por los que se puede interrumpir el abono de la prestación o subsidio son trabajar o buscar activamente trabajo, realizar estudios destinados a mejorar la preparación profesional y acciones de cooperación internacional.

Si la duración de la permanencia en Alemania es inferior a un año y al volver a España se mantiene la situación de desempleo, es posible solicitar la reanudación del abono de la prestación o subsidio que se habían suspendido. Por el contrario, si la estancia en Alemania supera un año, el derecho a volver a percibir la prestación o subsidio que se interrumpió se habrá extinguido.

Es igualmente posible viajar a Alemania por un periodo no superior a 15 días previa autorización ante la oficina de prestaciones en España y seguir cobrando el desempleo, pero sólo por 15 días.

Otros documentos importantes a aportar es el Formulario E 104 y el Certificado sobre el derecho a percibir prestaciones familiares. La primera certificación recoge principalmente los períodos cotizados en España a la Seguridad Social, imprescindible para proceder al alta en el seguro obligatorio de asistencia sanitaria. Puede solicitar más información ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

El certificado sobre el derecho a percibir prestaciones familiares es un documento imprescindible en la solicitud de prestaciones familiares en Alemania.