La orden tendrá una validez de 14 días, ampliables si persisten las circunstancias

Sanidad obliga a guardar diez días de cuarentena a los llegados de Argentina, Bolivia y Colombia a partir del martes 27

Los ciudadanos llegados a España procedentes de Argentina, Bolivia y Colombia, así como de Namibia, desde las 00:00 horas del próximo martes, 27 de julio, deberán guardar cuarentena los diez días siguientes a su arribo al aeropuerto nacional, según recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este sábado 24 de julio.
Sanidad obliga a guardar diez días de cuarentena a los llegados de Argentina, Bolivia y Colombia a partir del martes 27

Los ciudadanos llegados a España procedentes de Argentina, Bolivia y Colombia, así como de Namibia, desde las 00:00 horas del próximo martes, 27 de julio, deberán guardar cuarentena los diez días siguientes a su arribo al aeropuerto nacional, según recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este sábado 24 de julio. En el caso de que la estancia en España fuera inferior a ese periodo, se deberá guardar cuarentena todo el tiempo de permanencia en territorio español.

El periodo podrá finalizar el séptimo día, siempre y cuando la persona en cuestión se someta a una prueba diagnóstica de infección activa y el resultado sea negativo.

Atendiendo a las recomendaciones de la Unión Europea y ante la evolución de la pandemia en los últimos meses, el Ministerio de Sanidad ha dictado una orden que establece las condiciones a que deben someterse las personas que lleguen en vuelo desde cualquier aeropuerto situado en países considerados de alto riesgo, como es el caso de los mencionados.

Durante el periodo de cuarentena, los procedentes de estos países deberán permanecer en su domicilio o alojamiento y deberán limitar sus desplazamientos a lo estrictamente imprescindible, así como el acceso de terceras personas al domicilio. De este modo, solo podrán salir o recibir la llegada de otras personas para adquirir alimentos, productos farmacéuticos y aquellos otros de primera necesidad; para acudir a los centros, servicios y establecimientos sanitarios o por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

La orden ministerial establece también que los llegados a España a partir del próximo martes deberán observar todas las medidas de higiene y prevención de la transmisión de la enfermedad provocada por el Covid-19. Las autoridades sanitarias podrán contactar con ellos para realizar su seguimiento y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado podrán realizar las comprobaciones oportunas para asegurar el cumplimiento de la cuarentena.

Ante cualquier sospecha de padecer síntomas de coronavirus, Sanidad recomienda contactar por teléfono con los servicios sanitarios mediante los números habilitados en las distintas comunidades autónomas.

Las agencias de viaje deberán informar a los pasajeros de estas medidas al inicio del proceso de venta de los billetes con destino a territorio español.

La orden, que producirá efectos desde las 00:00 horas del 27 de julio, tendrá validez por un periodo inicial de catorce días naturales, y podrá ser prorrogada en el supuesto de mantenerse las circunstancias que la motivaron.