Según informa la Consejería de Empleo y Seguridad Social de la Embajada en Berlín

El plazo de presentación de solicitudes para los viajes del Imserso finaliza en Alemania el próximo 8 de enero

La campaña para que los mayores puedan apuntarse a los viajes del Imserso en 2016 está ya en marcha y el plazo de presentación de solicitudes en Alemania finaliza el próximo 8 de enero, según informa la Consejería de Empleo y Seguridad Social de la Embajada de España en Berlín.

El plazo de presentación de solicitudes para los viajes del Imserso finaliza en Alemania el próximo 8 de enero

La campaña para que los mayores puedan apuntarse a los viajes del Imserso en 2016 está ya en marcha y el plazo de presentación de solicitudes en Alemania finaliza el próximo 8 de enero, según informa la Consejería de Empleo y Seguridad Social de la Embajada de España en Berlín.

Podrán beneficiarse de esta iniciativa los mayores con 65 años cumplidos el 31 de de diciembre de 2015 y los pensionistas españoles de incapacidad, viudedad y jubilación del sistema de Seguridad Social con 60 años cumplidos el 31 de diciembre de 2015, que no padezcan enfermedad infecto-contagiosa y se valgan por sí mismos.

Solo podrán actuar como acompañante el cónyuge o la pareja del titular de las vacaciones que acredite convivencia con éste. También se admitirá a un hijo con un grado de discapacidad igual o superior al 45%, siempre que ocupe una cama supletoria en la habitación de los padres.

Se pueden solicitar distintos turnos, en Andalucía o en Canarias, en régimen de pensión completa.

Los formularios de solicitud se pueden obtener en los consulados, secciones de Empleo, Misiones Católicas, oficinas de Cáritas, centros y asociaciones de españoles y en la Consejería de Empleo y Seguridad Social.

Los que deseen participar deberán enviar la solicitud por correo normal, cumplimentada junto con el DNI/Pasaporte del solicitante y acompañante en su caso (cónyuge o pareja de hecho) junto con partida de matrimonio, libro de familia (en el caso de los matrimonios) o documento acreditativo de convivencia (para las parejas de hecho). La solicitud se debe enviar a la siguiente dirección: Vacaciones Personas Mayores, Consejería de Empleo y Seguridad Social, Lichtensteinallee 1, 10787 Berlín.

Programa del Imserso

A través del Programa de Termalismo del Imserso (Instituto de Mayores y Servicios Sociales), el Estado español proporciona a los pensionistas, que por prescripción facultativa precisen los tratamientos que se prestan en los balnearios y que reúnan determinados requisitos, el acceso a precios reducidos a estos establecimientos.

El Programa está organizado y financiado por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, quien anualmente concierta con establecimientos termales la reserva de plazas en balnearios para la estancia y tratamiento de las personas usuarias del Programa.

Las personas de nacionalidad española que residan en el extranjero podrán participar en este programa siempre que perciban una pensión del Sistema de Seguridad Social español y cuenten con la edad exigida, o sean asegurados o beneficiarios del Sistema de la Seguridad Social, con edad igual o superior a 65 años, y no padezcan alteraciones del comportamiento que puedan alterar la normal convivencia en los establecimientos, ni padecer enfermedad transmisible con riesgo de contagio; puedan valerse por sí mismo para realizar las actividades básicas de la vida diaria; y necesiten los tratamientos termales solicitados y carezcan de contraindicación médica para la recepción de los mismos.

Así mismo, deberán alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.

También podrán ser adjudicatarios de las plazas, como acompañante, el cónyuge o, en su caso, la pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal. Asimismo, podrán ser adjudicatarios de plaza, los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que el turno lo disfruten con sus padres y se alojen en la misma habitación.