Migraciones firma un convenio para la prestación de asistencia médica a los españoles de Río de Janeiro con pocos recursos
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó, este miércoles 12, la resolución de 5 de agosto de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el convenio entre la Secretaría de Estado de Migraciones y la Sociedade Espanhola de Beneficencia de Río de Janeiro, sobre la prestación de asistencia médica subvencionada a los emigrantes españoles residentes en la región de Río de Janeiro que carezcan de recursos suficientes.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones asume como cuantía máxima de compromiso económico en la aplicación de los cuatro años de duración de este convenio la cifra de 1.472.139,84 euros.
La Sociedade Espanhola de Beneficiencia se compromete a prestar a los beneficiarios la asistencia sanitaria ambulatoria, de especialidades y hospitalaria siguiente:
• Atención ambulatoria: Clínica Médica; Cardiología; Urología; Fisioterapia; Psicología; Neurología; Ortopedia; Realización de imágenes y laboratorio; y Realización de procedimientos quirúrgicos electivos incluyendo la provisión de materiales quirúrgicos.
• Asistencia no ambulatoria: Servicio de Urgencias 24 horas; Realización de imágenes y laboratorio; Hospitalización (ingreso) por el tiempo necesario en habitaciones o en cuidados intensivos; y Realización de procedimientos quirúrgicos de urgencia incluyendo la provisión de materiales quirúrgicos.
La atención sanitaria a los beneficiarios será realizada por los servicios propios de la Sociedade Espanhola de Beneficencia o bien a través de prestadores de servicios sanitarios contratados por la misma y por indicación de los especialistas acreditados, siempre que se asegure el mismo nivel de calidad del servicio.
La asistencia hospitalaria se dispensará en los hospitales y clínicas de la Sociedade Espanhola de Beneficencia y/o en los establecimientos con los cuales esta entidad tenga establecidos convenios.
Todo paciente internado en urgencia o emergencia en la Circunscripción Consular de Río de Janeiro podrá ser transferido, vía terrestre, en ambulancia, después de 12 horas de observación médica, al hospital acreditado de la región, sin gastos para el beneficiario y un acompañante.
La Sociedade Espanhola de Beneficencia hará entrega, a cada beneficiario de la atención sanitaria, de un documento identificativo que le acredite como usuario, el cual le dará acceso a los servicios médicos que se incluyen en el presente convenio.
La Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de la Embajada de España en Brasil, entregará a la Sociedade Espanhola de Beneficencia una relación de personas que reúnan los requisitos para ser beneficiarias de las prestaciones previstas en el convenio.
Posteriormente, la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social comunicará, antes del 25 de cada mes, las variaciones (altas y/o bajas) que se produzcan en cuanto a las personas beneficiarias.