Los electores también pueden descargarlas de forma telemática

El plazo para el envío de las papeletas electorales para poder votar el 28-M desde el exterior finaliza este sábado, día 13

Este sábado, día 13, finaliza el plazo para enviar a los electores del exterior las papeletas en aquellas circunscripciones electorales donde se hayan producido impugnaciones, pero la mayoría de los electores del exterior ya deberían tenerlas porque el plazo de envío en donde no hubo impugnaciones acabó el pasado domingo, día 7.

El plazo para el envío de las papeletas electorales para poder votar el 28-M desde el exterior finaliza este sábado, día 13
Voto Exterior

En todo caso, aquellos electores que no las hayan recibido podrán descargarlas de manera telemática tanto en sus casas como en los centros de votación donde se pondrán a disposición de los electores los medios necesarios para obtener las papeletas.

En esta ocasión y al enviarse la documentación y las papeletas de oficio, las quejas que hay entre los españoles del exterior son muy pocas en comparación con otras votaciones donde las redes estaban llenas de mensajes de colectividad en los que se dejaba constancia de que no llegaban las papeletas a tiempo. Cabe destacar el caso de Canadá al que se han referido varios ciudadanos, asegurando que todavía no le habían llegado las papeletas a este país.

Desde la Plataforma Marea Granate se insta a los electores que no hayan recibido las papeletas, pero que sepan que han llegado a otros residentes en el país, a que vayan a la oficina de correos de su distrito cuanto antes para evitar que sean devueltas a España.

Una vez que tengan toda la documentación, los electores deberán introducir la papeleta que deseen dentro del sobre de votación (o no se incluirá papeleta alguna si lo que se desea es votar en blanco) que a su vez se meterá en el que está dirigido a la Junta Electoral Provincial junto con uno de los certificados de inscripción en el censo (si va a votar por correo, en el reverso del certificado constará la firma y número del pasaporte o del DNI del elector), fotocopia del pasaporte o del DNI expedidos por las autoridades españolas, o certificación de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matricula Consular expedida por el Consulado de España en el país de residencia.

Voto en urna o por correo

Una vez que se tiene el sobre con la papeleta y la documentación lista, los electores pueden elegir entre el voto por correo, cuyo plazo finaliza el 23 de mayo, o el voto en urna, entre el 20 y el 25 de mayo, en los centros habilitados para ello.

En caso de remitirlo por correo deberá introducir en el sobre dirigido al consulado o embajada el certificado de inscripción en el censo y, si así lo desea, el impreso cumplimentado para la devolución de los gastos del envío en aquellos países donde no se hayan abierto apartados de correos. También se meterá el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial en el que se incluya el sobre de votación con la papeleta; el certificado de inscripción en el censo, en cuyo reverso constará la firma y número del pasaporte o del DNI del elector; y fotocopia del pasaporte o del DNI expedidos por las autoridades españolas, o certificación de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedida por el Consulado de España en el país de residencia.

Para que los votos sean válidos es indispensable que conste en el sobre dirigido a la Junta Electoral correspondiente el sello de la Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de la Misión Diplomática correspondiente, que certifique de modo indubitable el cumplimiento de los plazos previstos.

Aquellos electores que quieran votar en urna deberán entregar al funcionario consular, previa acreditación de su identidad, el segundo certificado de inscripción en el censo y depositar el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial. El funcionario firmará en el reverso del sobre y estampará el sello de la Oficina Consular en el que conste la fecha de su depósito.

Hay que tener en cuenta que las demarcaciones consulares de São Paulo, La Habana, Londres y Caracas contarán con dos centros de votación cada una mientras que las demarcaciones consulares de Buenos Aires, Salvador de Bahía, Santiago de Chile, Tegucigalpa, Tel Aviv, México y Asunción tendrán centros de votación alternativo a las Oficinas Consulares de carrera. Finalizado el plazo para el depósito del voto en urna, todos los votos (recibidos por correo o depositados en urna) serán remitidos a la Oficina que a estos efectos se constituya en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, que procederá a su envío urgente a las Juntas Electorales encargadas del escrutinio.

Más de un millón de electores

Cabe recordar que hay 1.056.057 españoles del exterior llamados a participar el próximo 28-M en las elecciones de Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Islas Baleares, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Navarra y La Rioja, así como en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Estas son las primeras elecciones tras la supresión del voto rogado que se instauró hace 12 años y que hizo caer la participación en el exterior hasta situarla en torno al 5% del CERA (Censo Electoral Residentes Ausentes). Con la aprobación de la modificación de la Ley Electoral, que incluye medidas como la supresión del ruego del voto y la posibilidad de descargar las papeletas, se espera que la participación se recupere y se sitúe en torno al 20%.