Exteriores determina la relación de centros habilitados en el extranjero para votar en urna en los comicios del 23-J
Según publica el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este sábado 10, el Ministerio de Asuntos Exteriores aprobó la resolución que determina la relación de centros habilitados para ejercer tal derecho, entre los que incluye a todas las oficinas consulares de carrera, con algunas excepciones en los casos de Buenos Aires (Argentina), São Paulo (Brasil), Santiago de Chile (Chile), Tel Aviv (Israel), Ciudad de México (México), Asunción (Paraguay) y Caracas (Venezuela).
De este modo, para ejercer el derecho al voto en la capital argentina, el lugar habilitado es la Embajada de España en Buenos Aires, mientras que en São Paulo es el Instituto Cervantes (lo mismo que en Tel Aviv) y el Viceconsulado Honorario de España en São José do Rio Preto. En Santiago de Chile, se podrá votar en el Centro Cultural de España; en Ciudad de México, en el Hospital Español; en Asunción, en la Oficina Técnica de Cooperación de la Aecid; y en Caracas, en el Consulado General de España y en el Consulado Honorario de España en Valencia-Hermandad Gallega de Valencia.
Los centros habilitados en el extranjero para depositar el voto en urna serán comunicados a la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares, así como a las oficinas consulares de carrera, para que publiquen en su página web, en las redes sociales y en su tablón de anuncios los datos del centro o centros habilitados en su demarcación consular.
Asimismo, las oficinas consulares de carrera informarán igualmente de los centros habilitados al Consejo de Residentes Españoles (CRE) en el caso de que exista tal organismo en su demarcación.