Convocadas las elecciones al CRE de São Paulo
El cónsul general de España en São Paulo, José María Matres Manso, convocó en conformidad con el artículo 4 de la Orden Ministerial de 13 de julio de 2010, por la que se regulan la constitución, elección y funcionamiento de los CRE, las elecciones para la renovación/constitución del Consejo de Residentes Españoles (CRE) de la circunscripción del Consulado General de España en esta ciudad brasileña.
El cónsul general de España en São Paulo, José María Matres Manso, convocó en conformidad con el artículo 4 de la Orden Ministerial de 13 de julio de 2010, por la que se regulan la constitución, elección y funcionamiento de los CRE, las elecciones para la renovación/constitución del Consejo de Residentes Españoles (CRE) de la circunscripción del Consulado General de España en esta ciudad brasileña.
Las candidaturas para las elecciones deberán presentarse en la Oficina Consular, en el plazo de dos meses, a contar desde la inserción de ese acuerdo de convocatoria en el tablón de anuncios de la Oficina Consular, con los requisitos que establece el artículo 8 de la Orden Ministerial de 13 de julio de 2010 antes mencionada.
Son electores para la designación del Consejo de Residentes Españoles todos los españoles que figuren inscritos en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero correspondiente a la misma en el último mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria de elecciones y que hayan alcanzado la mayoría de edad antes de la celebración de las mismas.
Las elecciones se celebrarán en la fecha que fije la Comisión Electoral, de acuerdo con los plazos establecidos en la Orden Ministerial de 13 de julio de 2010. Se elegirán 11 miembros y el cronograma del proceso electoral se puede encontrar en la página web del Consejo (www.cresp.org.br).
Las candidaturas para las elecciones deberán presentarse en la Oficina Consular, en el plazo de dos meses, a contar desde la inserción de ese acuerdo de convocatoria en el tablón de anuncios de la Oficina Consular, con los requisitos que establece el artículo 8 de la Orden Ministerial de 13 de julio de 2010 antes mencionada.
Son electores para la designación del Consejo de Residentes Españoles todos los españoles que figuren inscritos en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero correspondiente a la misma en el último mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria de elecciones y que hayan alcanzado la mayoría de edad antes de la celebración de las mismas.
Las elecciones se celebrarán en la fecha que fije la Comisión Electoral, de acuerdo con los plazos establecidos en la Orden Ministerial de 13 de julio de 2010. Se elegirán 11 miembros y el cronograma del proceso electoral se puede encontrar en la página web del Consejo (www.cresp.org.br).