TRAS UNA REUNIÓN CON IPOSTEL
El Consulado en Venezuela dice que el envío del voto será “sin pagar franqueo postal”
Bernabé Aguilar Arigo, uno de los dos cónsules generales adjuntos, dijo en exclusiva a ‘Crónicas de la Emigración’ que el pasado jueves, 6 de octubre, sostuvo una reunión en el Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (IPOSTEL) con sus asesores jurídicos José Antonio Martínez y Sara Crespo, con el fin de “facilitar el ejercicio del derecho al voto” con motivo de las Elecciones Generales que se celebrarán en toda España el venidero 20 de noviembre.

Bernabé Aguilar Arigo, uno de los dos cónsules generales adjuntos, dijo en exclusiva a ‘Crónicas de la Emigración’ que el pasado jueves, 6 de octubre, sostuvo una reunión en el Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (IPOSTEL) con sus asesores jurídicos José Antonio Martínez y Sara Crespo, con el fin de “facilitar el ejercicio del derecho al voto” con motivo de las Elecciones Generales que se celebrarán en toda España el venidero 20 de noviembre.
“Como producto de esta reunión se exonerará a los electores del pago del franqueo o envío del voto por correo que tendrá como destino un apartado postal del Consulado General de España en Caracas, siempre y cuando los interesados hayan elegido esta forma de sufragar”, señaló.
Aguilar Arigo recordó que “eso significa que una vez que el elector tenga en su poder la documentación electoral podrá ejercer su derecho al voto de dos formas: Bien acudiendo directamente al Consulado General de España en Caracas a depositar su voto personalmente con su pasaporte o DNI los días 16, 17 y 18 de noviembre; o llevando el sobre dirigido al Consulado General de España en Caracas con franqueo en destino a la oficina de Ipostel más cercana a su domicilio, hasta el día 15 de noviembre inclusive, sin que el elector tenga que realizar ningún pago por dicho envío”, reiteró.
El diplomático español advirtió que para que al elector le llegue el material de votación al domicilio que figura inscrito en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), previamente los electores deberán solicitar a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral la remisión del mismo con el impreso oficial de solicitud de voto no más tarde del 22 de octubre de 2011.
“Como producto de esta reunión se exonerará a los electores del pago del franqueo o envío del voto por correo que tendrá como destino un apartado postal del Consulado General de España en Caracas, siempre y cuando los interesados hayan elegido esta forma de sufragar”, señaló.
Aguilar Arigo recordó que “eso significa que una vez que el elector tenga en su poder la documentación electoral podrá ejercer su derecho al voto de dos formas: Bien acudiendo directamente al Consulado General de España en Caracas a depositar su voto personalmente con su pasaporte o DNI los días 16, 17 y 18 de noviembre; o llevando el sobre dirigido al Consulado General de España en Caracas con franqueo en destino a la oficina de Ipostel más cercana a su domicilio, hasta el día 15 de noviembre inclusive, sin que el elector tenga que realizar ningún pago por dicho envío”, reiteró.
El diplomático español advirtió que para que al elector le llegue el material de votación al domicilio que figura inscrito en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), previamente los electores deberán solicitar a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral la remisión del mismo con el impreso oficial de solicitud de voto no más tarde del 22 de octubre de 2011.