Piden que se promueva una Ley Especial de Nacionalidad

La Comisión de Derechos Civiles y Participación reclama que se acelere el proceso para la reforma de la Ley de Memoria Democrática

La recién constituida Comisión de Derechos Civiles y Participación del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGCEE) quiere poner el foco en la importancia de la Ley de Memoria Democrática que todavía está pendiente de ser discutida en el Congreso, después de que haya pasado casi un año desde su presentación el 20 de julio de 2021.

La Comisión de Derechos Civiles y Participación reclama que se acelere el proceso para la reforma de la Ley de Memoria Democrática
Comisión Derechos Civiles
Miembros de la recién constituida Comisión de Derechos Civiles y Participación del CGCEE.

Según aseguran, esta es la gran demanda del Consejo y de la colectividad en general, una vez que ya se aprobó la eliminación del voto rogado en el exterior.

Desde la Comisión recuerdan que la Ley de Memoria Histórica de 2007 “dejó muchos temas por resolver, creando incluso diferencias a la hora de adquirir la nacionalidad española en el seno de una misma familia”.

Por ello, “pedimos a los partidos políticos que trabajen en la aprobación de la Ley de Memoria Democrática, o en su defecto, en la Ley de Descendientes de Sara Vilà Galán, registrada en la mesa del Senado el 17 de diciembre de 2019”.

Esta Comisión, que retomará el trabajo que se llevó a cabo en este sentido en el anterior mandato, propone, a largo plazo, una Ley Especial de Nacionalidad, pero solicitan que, mientras no se lleva a cabo, se adopten de manera urgente medidas para evitar la discriminación en el acceso a la nacionalidad.

Entre esas medidas están la reforma del Código Civil, para que se recoja explícitamente que la pérdida de nacionalidad solo tendrá lugar si el interesado declara “su renuncia expresa ante autoridades del Encargado del Registro Civil de su domicilio”.

La modificación propuesta también incluye que la recuperación de la nacionalidad se podrá recuperar declarando ante el encargado del Registro Civil la voluntad de recuperar la nacionalidad española e inscribiendo la recuperación en el Registro Civil.

En caso de que se mantenga la exigencia legal de la residencia en España, desde la Comisión de Derechos Civiles se propone que el texto recoja explícitamente que este requisito “no será de aplicación a los emigrantes ni a los hijos ni a los nietos de emigrantes”.

En la propuesta de esta Comisión se explica que las mujeres que perdieron la nacionalidad por razón de matrimonio y aquellos que la perdieron por no ratificarla al cumplir los 18 años, podrán recuperarla declarando ante el encargado del Registro Civil e inscribiéndolo en el mismo.

En cuanto a los casos de nacionalidad por opción, la propuesta es que puedan optar a la nacionalidad por esta vía las personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español, las personas nacidas de progenitora española con anterioridad a la entrada en vigor de la Constitución española, las personas que acrediten que su padre o madre hubiera sido originariamente español, los nietos de la mujer emigrante independientemente de si mantuvo, recuperó o perdió la nacionalidad con anterioridad al nacimiento de sus descendientes y los nietos de varón emigrantes que renunció a su nacionalidad por razones económicas.

También podrán hacerlo las personas que acrediten que su progenitor haya sido español de origen, en virtud del derecho de opción. Con esta modificación se suprimiría la discriminación que se da actualmente con aquellos que tenían más de 18 años cuando sus padres accedieron a la nacionalidad.

Asimismo, la propuesta de modificación también incluye que puedan adquirir la nacionalidad los cónyuges de españoles de origen residentes en el exterior después de tres años de contraer matrimonio y registrarlo en el Registro Civil consular.

La Comisión también explica que todavía está pendiente de redacción, pero que hay que regular el procedimiento de Carta de Naturaleza para los descendientes de españoles vinculados a España y excluidos de la reglas generales.