PARA LOS ESPAÑOLES RESIDENTES EN SU TERRITORIO
El BNG pide que Francia reconozca como cotización social el período del servicio militar
El portavoz del BNG en el Congreso de los Diputados, Francisco Jorquera, registró en la Cámara una proposición no de ley para que el Congreso inste al Gobierno a realizar las actuaciones oportunas para que Francia reconozca como período cotizado a la Seguridad Social el período correspondiente a las prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria.
El portavoz del BNG en el Congreso de los Diputados, Francisco Jorquera, a través del Grupo Mixto, registró en la Cámara el pasado día 6 una proposición no de ley para que el Congreso inste al Gobierno a realizar las actuaciones oportunas para que Francia reconozca a los ciudadanos españoles residentes en su territorio como período cotizado a la Seguridad Social el período correspondiente a las prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria, de acuerdo, dice, a lo dispuesto en el artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social.
Según el diputado del BNG, la legislación española en Seguridad Social y los reglamentos comunitarios amparan su demanda de que Francia reconozca a los españoles residentes allí como cotizados estos períodos.
Jorquera explica en su iniciativa que la Ley 40/2007, de 4 de dicembre, de medidas en materia de Seguridad Social, que entró en vigor el 1 de enero de este año, introduce un artículo que establece que a efectos de acreditar el período mínimo de cotización efectiva para la jubilación anticipada, se computará como cotizado a la Seguridad Social el periodo de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria, con el límite máximo de un año
Recuerda que en virtud de los reglamentos comunitarios, “cuando la legislación de un país subordine la adquisición, conservación o recuperación del derecho a las prestaciones al cumplimiento de periodos de seguro, como es el caso de las prestaciones por jubilación, la institución competente de dicho país computará calquier periodo de seguro cumplido en otro país, como si se cumplieran bajo su propia legislación”.
El diputado nacionalista denuncia que en el cómputo del periodo de prestación del servicio militar obligatorio hay problemas en el caso de los emigrantes españoles residentes en Francia, “a los que se les negó la posibilidad de que se les computase como cotizado”.
Para Jorquera la situación es “discriminatoria porque los emigrados españoles se ven privados del acceso a una prestación social en condiciones de igualdad, tanto con respecto a los ciudadanos residentes en el Estado español como con respecto a los trabajadores franceses”.
Según el diputado del BNG, la legislación española en Seguridad Social y los reglamentos comunitarios amparan su demanda de que Francia reconozca a los españoles residentes allí como cotizados estos períodos.
Jorquera explica en su iniciativa que la Ley 40/2007, de 4 de dicembre, de medidas en materia de Seguridad Social, que entró en vigor el 1 de enero de este año, introduce un artículo que establece que a efectos de acreditar el período mínimo de cotización efectiva para la jubilación anticipada, se computará como cotizado a la Seguridad Social el periodo de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria, con el límite máximo de un año
Recuerda que en virtud de los reglamentos comunitarios, “cuando la legislación de un país subordine la adquisición, conservación o recuperación del derecho a las prestaciones al cumplimiento de periodos de seguro, como es el caso de las prestaciones por jubilación, la institución competente de dicho país computará calquier periodo de seguro cumplido en otro país, como si se cumplieran bajo su propia legislación”.
El diputado nacionalista denuncia que en el cómputo del periodo de prestación del servicio militar obligatorio hay problemas en el caso de los emigrantes españoles residentes en Francia, “a los que se les negó la posibilidad de que se les computase como cotizado”.
Para Jorquera la situación es “discriminatoria porque los emigrados españoles se ven privados del acceso a una prestación social en condiciones de igualdad, tanto con respecto a los ciudadanos residentes en el Estado español como con respecto a los trabajadores franceses”.