Acuerdo con Malí para el libre ejercicio de actividades remuneradas a los familiares de diplomáticos

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica un acuerdo entre España y Malí para que los familiares del personal diplomático puedan llevar a cabo actividades remuneradas en el país.

Acuerdo con Malí para el libre ejercicio de actividades remuneradas a los familiares de diplomáticos

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica un acuerdo entre España y Malí para que los familiares del personal diplomático puedan llevar a cabo actividades remuneradas en el país.

Este acuerdo afectaría a los cónyuges, hijos solteros menores de 21 años, hijos mayores de 21 años con alguna discapacidad y que estén a cargo de sus padres y familiares dependientes.

Para poder llevar a cabo una actividad económica los interesados deben de solicitar un permiso a través de la embajada y acreditar la capacitación para el trabajo a realizar. El acuerdo no supone una validación automática de títulos. El permiso se extinguirá en un plazo máximo de dos meses, una vez que el diplomático haya concluido su estancia.

Este beneficio se extenderá a los familiares dependientes de los nacionales de ambos países acreditados ante Organizaciones Internacionales con sede en cualquiera de los dos países.