Informa sobre los servicios que presta, los compromisos que asume y los derechos que asisten a los emigrantes

Crean el Servicio de Emigración, dependiente de la Dirección General, que asesorará a los asturianos en el exterior

El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) publica este jueves 25 una resolución de la Consejería de Presidencia por la que se aprueba la carta de servicios del Servicio de Emigración, un documento en el que la Dirección General de Emigración y Memoria Democrática informa a la ciudadanía sobre los servicios que presta, los compromisos de calidad que asume y los derechos que asisten a los ciudadanos en relación con estos servicios.

Crean el Servicio de Emigración, dependiente de la Dirección General, que asesorará a los asturianos en el exterior

El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) publica este jueves 25 una resolución de la Consejería de Presidencia por la que se aprueba la carta de servicios del Servicio de Emigración, un documento en el que la Dirección General de Emigración y Memoria Democrática informa a la ciudadanía sobre los servicios que presta, los compromisos de calidad que asume y los derechos que asisten a los ciudadanos en relación con estos servicios.

La carta de servicios del Servicio de Emigración del Principado comienza por explicar sumisión: “Al Servicio de Emigración le corresponde, en relación con la población asturiana residente fuera de Asturias y emigrantes retornados, las siguientes funciones, sin perjuicio de cuantas otras le encomiende la Dirección General de Emigración y Memoria Democrática de la que depende jerárquicamente:

1. Elaboración, coordinación, seguimiento y evaluación del Plan de Emigración del Principado de Asturias.

2. Estudios e informes relacionados con la situación de la población emigrante, estableciendo criterios de evaluación socioeconómica para diagnosticar sus estados de necesidad.

3. Asesoramiento general acerca de las prestaciones de las que pueda ser potencialmente beneficiaria la colectividad de emigrantes asturianos y retornados.

4. Formulación de propuestas y seguimiento de convenios de colaboración con las diferentes Administraciones Públicas, sus organismos y demás instituciones”.

El Servicio de Emigración ofrece un conjunto de servicios que se distribuyen en los siguientes conceptos:

Programas y subvenciones de Emigración

• Ayudas al retorno de personas emigrantes asturianas o sus descendientes de primer grado

• Ayudas individuales para asturianos y descendientes residentes en el exterior.

• Comunidades asturianas con reconocimiento de asturianía de España.

• Comunidades asturianas con reconocimiento de asturianía del exterior.

• Programa Añoranza.

• Programa Raíces.

• Escuela de Verano de asturianía.

• Becas Estudiar en Asturias.

• Reconocimiento y revocación de la asturianía.

• Subvención nominativa para programas de apoyo a personas emigrantes y emigrantes retornadas.

• Registro de la emigración.

• Subvención directa para programas de apoyo a personas emigrantes y emigrantes retornadas.

Derechos de los ciudadanos

• A contar con espacio oficial propio y específico, diferenciado e independiente de cualquier otro servicio, dedicado a la población asturiana residente fuera de Asturias y emigrantes retornados.

• A ser tratados con el debido respeto.

• A conocer la identidad del personal bajo cuya responsabilidad se presta el servicio.

• A exigir responsabilidades cuando corresponda legalmente, tanto a la Administración como al personal a su servicio.

• A formular sugerencias, reclamaciones o quejas y ser respondido en el plazo establecido.

• A acceder, rectificar, cancelar y formular oposición respecto a sus datos personales.

• A realizar consultas sin cita previa, de manera anónima, con respeto a la privacidad y recibiendo la información de forma personalizada y en función de sus necesidades y preferencias.

• A la igualdad de acceso a la información, sin discriminación por razón de origen, género, religión, lugar de residencia o clase social.

• A recibir información de forma plural y objetiva, sin influencias de índole política, religiosa o comercial.

• A la confidencialidad respecto a los datos personales e información que facilite.

• A recibir justificante oficial o copia sellada del documento original que acredite la presentación de escritos, solicitudes y comunicaciones en el Registro del Principado de Asturias y destinados al Servicio de Emigración.

Presentación de sugerencias y quejas (formas de participación ciudadana)

Los ciudadanos podrán presentar sugerencias (ideas con las que pretende mejorar los servicios que presta la Administración del Principado de Asturias o sus organismos y entes públicos, o alguno de sus procesos, o solicitudes para la prestación de servicios o actuaciones no previstos o no ofrecidos) y quejas (exposición de incidencias durante la prestación de un servicios por parte de la Administración del Principado de Asturias o sus organismos y entes públicos que produce en quien reclama la percepción de ineficacia o de actuación inadecuada y que requiere de una respuesta) a través del formulario correspondiente:

• Por el canal presencial o por correo postal en las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana de Oviedo, Gijón o Avilés, o en cualquiera de los registros y oficinas a que se refiere la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

• Por Internet a través de la sede electrónica de la Administración del Principado de Asturias: www.asturias.es (ficha código SUGE0005T01-Sugerencias y quejas).

Compromisos de calidad

1. Ofrecer convocatorias públicas anuales de subvenciones dirigidas a la población asturiana residente fuera de Asturias y emigrantes retornados, que serán resueltas y notificadas en un plazo inferior a 6 meses.

2. Recibir y tramitar las sugerencias, reclamaciones y quejas presentadas por los ciudadanos y relativas a los servicios prestados, contestarlas de forma adecuada y en un plazo inferior a 10 días y, tras su consideración, impulsar las acciones que mejoren el servicio.

Indicadores

1. Nº de convocatorias de subvenciones efectuadas y resueltas en el primer semestre del año.

2. Resolver el 100% de las sugerencias, reclamaciones y quejas recibidas, un plazo inferior a 10 días.

Medidas de subsanación y modo de formular reclamaciones por incumplimiento de los compromisos

Las reclamaciones por incumplimiento de los compromisos declarados en esta carta podrán dirigirse al Servicio de Emigración.

Las quejas, reclamaciones y sugerencias se atenderán de forma adecuada y en el plazo conforme al procedimiento administrativo, cumpliendo los compromisos asumidos en la presente Carta de Servicios y conforme a lo establecido en el Decreto 89/2017, de 20 de diciembre, por el que se regula la atención ciudadana y las oficinas de asistencia en materia de registros en la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos (BOPA de 27/12/2017).

En un plazo máximo de 25 días naturales, el Servicio de Emigración se dirigirá al usuario por el medio que este haya especificado, informando de las causas por las cuales el compromiso no se haya podido cumplir y de las medidas adoptadas, en su caso, para subsanar el incumplimiento denunciado.