Se suprime la obligatoriedad de esperar 15 días para iniciar las actuaciones

Ampliado el catálogo de obras que se pueden realizar en el entorno de los ríos con una declaración responsable

Todas aquellas personas o entidades que quieran realizar obras menores en el entorno de los ríos de la Demarcación Hidrográfica Galicia-Costa ya pueden hacerlo de manera más sencilla, ya que el pasado año la Xunta amplió el catálogo de actuaciones para las que no se requiere autorización previa de Augas de Galicia y en las que sólo habrá que presentar una declaración responsable.
Ampliado el catálogo de obras que se pueden realizar en el entorno de los ríos con una declaración responsable
11.Infraestruturas

Todas aquellas personas o entidades que quieran realizar obras menores en el entorno de los ríos de la Demarcación Hidrográfica Galicia-Costa ya pueden hacerlo de manera más sencilla, ya que el pasado año la Xunta amplió el catálogo de actuaciones para las que no se requiere autorización previa de Augas de Galicia y en las que sólo habrá que presentar una declaración responsable. Además, también se suprimen los quince días de espera que anteriormente eran necesarios tras la presentación de la declaración responsable, de manera que ahora, una vez presentada, ya podrán iniciar las obras inmediatamente.

El pasado año entró en vigor la modificación del decreto que amplía los casos en los que se puede sustituir el trámite de autorización por el de declaración responsable en las obras menores próximas a los ríos de la demarcación Galicia-Costa de competencia autonómica, en general una franja de 100 metros a cada lado del cauce del río. 

El objetivo de esta modificación, que también suprime la obligatoriedad de esperar quince días después de la presentación de la declaración responsable, es agilizar los trámites. 

La Xunta recibe, al año, unas 1.200 solicitudes de autorización de obra que pueden saturar el servicio y demorar la concesión. Con esta nueva normativa se estima que entre 400 y 500 solicitudes se podrán acoger al modelo de declaración responsable, agilizando las situaciones y permitiendo centrar los esfuerzos en los campos en los que resulte más necesario actuar. 

Pasarán a poder ejecutarse sólo con declaración responsable el bacheo de pistas forestales y la renovación de capas de rodadura de carreteras y otras obras menores de mantenimiento o de mejora de la red viaria pública, tales como la renovación de los tendidos enterrados de redes de abastecimiento de agua, sumideros, de electricidad, de gas o de telecomunicaciones, excepto cuando para su ejecución fuesen precisos movimientos de tierra. También se permitirá la colocación o sustitución de carteles informativos. 

En el ámbito de las edificaciones o viviendas, se permitirán a través de una declaración responsable las obras menores de pintado, revestimiento e impermeabilización de fachadas, cambio de ventanas o sustitución de tejados, así como otras actuaciones de similares características que no impliquen ampliación de volumen.

También se incluirán en esta norma diferentes tipos de cierre como el pastor eléctrico para guardar animales y permeables de malla, así como similares y con una distancia mínima de postes de 3 metros. 

Las obras que hasta ahora se podían hacer ya con declaración responsable se benefician ahora de la supresión del plazo de quince días para poder iniciarla, ya que se podrán empezar desde el mismo momento en que se presente dicha declaración. Estas obras incluyen la retirada de árboles muertos y podas de árboles que impidan al acceso al cauce o siempre que no impliquen pérdida del sustrato arbóreo de la ribera, la retirada de árboles muertos y podas que reduzcan la capacidad del cauce del río, la retirada de elementos arrastrados por la corriente que obstruyan el cauce o que constituyan un elemento de degradación o contaminación y el mantenimiento de las secciones de medición de caudales de las redes oficiales de estaciones de medida.

No tendrán consideración de obras menores la ampliación de carreteras o caminos ni cualquier otro trabajo que implique movimiento de tierras, la ampliación de obras de drenaje o cualquier otra actuación sobre ellas distinta de la de extender una nueva capa de rodadura y el arreglo de infraestructuras de servicios que impliquen movimientos de tierras. 

En cuanto a las edificaciones, no se considerarán obras menores cuando se encuentren en edificaciones y viviendas situadas en zona de servidumbre o cuando se precise ocupar elementos auxiliares como andamios o grúas en la zona de servidumbre. Asimismo, no tendrán la consideración de obras menores los cierres que se encuentren en la zona de servidumbre o los cierres con zócalo.

Solicitud de declaración responsable

La solicitud de declaración responsable para la realización de estas obras menores se hará preferentemente de forma telemática. En todo caso, la presentación electrónica será obligatoria para las administraciones públicas, las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, las personas que ejerzan una actividad profesional para la cual se requiera colegiación obligatoria para los trámites y actuaciones que realicen las administraciones públicas, los trabajadores autónomos y los representantes de cualquiera de estos grupos.

Si alguna de las personas obligadas a la presentación telemática lo hace de forma presencial, será requerida para que lo haga de manera telemática. Esta última será la que se considerará como fecha de presentación. 

Aquellas personas que no están obligadas a la presentación electrónica podrán presentar la declaración responsable presencialmente en cualquier de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. 

Además de presentar el formulario de declaración responsable se debe presentar el justificante de pago de las tasas, un documento acreditativo si se actúa en representación de otro o cualquier documento que considere necesario. 

Una vez acabadas las obras realizadas, y en un plazo de no más de cinco días, se debe comunicar a la Xunta la finalización de las actuaciones para que ésta proceda a su reconocimiento en los casos que se considere oportuno. 

La documentación a presentar en la comunicación de fin de obra debe incluir la oficina de Augas de Galicia en la que se presentó la declaración responsable, la fecha de presentación, los datos de la persona declarante, los datos de la persona representada (si es el caso), la localización de la actuación, el tipo de actuación y el dominio público o zona de policía.