Presentó en el Congreso una Proposición de Ley para ampliar las posibilidades

Podemos pide la nacionalidad española para los descendientes nacidos en el extranjero

Las reformas normativas en materia de nacionalidad dejan en situación de desamparo a algunos nietos de españoles en el exterior, así como a los hijos mayores de edad de aquellos que obtuvieron la nacionalidad de origen por la Ley de diciembre de 2007. Es por eso que Podemos ha presentado en el Congreso una Proposición de Ley en la que pide la concesión de la nacionalidad española a los descendientes nacidos en el extranjero.

Podemos pide la nacionalidad española para los descendientes nacidos en el extranjero

Las reformas normativas en materia de nacionalidad dejan en situación de desamparo a algunos nietos de españoles en el exterior, así como a los hijos mayores de edad de aquellos que obtuvieron la nacionalidad de origen por la Ley de diciembre de 2007. Es por eso que el Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea ha presentado el pasado 21 de diciembre en la Mesa del Congreso de los Diputados una Proposición de Ley en la que pide la concesión de la nacionalidad española a los descendientes nacidos en el extranjero, con el objeto de “eliminar las injusticias surgidas por la falta de reconocimiento a ciertos casos específicos” de españoles y sus descendientes que mantienen “fuertemente sus raíces y su identidad”.

En el texto, el Grupo Parlamentario pide que se posibilite “la concesión de la nacionalidad española de origen a los hijos nacidos en el exterior de aquellos españoles emigrados que hayan conservado, recuperado o perdido su nacionalidad independientemente de las causas socio-políticas y económicas” que determinaron dicha pérdida.

Así mismo, reclaman la nacionalidad por opción de origen a los hijos de aquellas personas originariamente españolas nacidas en el extranjero y para los hijos, menores y mayores de edad, de aquellos que optaron o que podrían haber optado por la nacionalidad de origen.

En este contexto, podrán acceder a la nacionalidad española todos los nietos nacidos en el extranjero independientemente de si sus abuelos mantuvieron, recuperaron o perdieron la nacionalidad española y aquellos nietos que habiendo ostentado su nacionalidad española, les fue privada por no ratificarla a su mayoría de edad.

En el caso de los hijos de españoles emigrados, proponen que se aporte certificado de nacimiento del interesado, expedido por un registro civil local en el extranjero, así como del padre o de la madre expedido por un registro civil español.

Para los nietos de abuelos españoles emigrados, exigen ambos requisitos y en el caso de que los progenitores no hayan sido inscritos como españoles, certificado expedido por un registro civil consular o por un registro civil extranjero.

Los hijos de aquellos españoles que optaron o que podrían haber optado por la nacionalidad española, además de aplicar los supuestos anteriores, también deberán aportar certificación de nacimiento de los abuelos y de los bisabuelos en el caso de que los padres del interesado no hubiesen optado por la nacionalidad de origen.

La Ley de 2007, por la que se reconocen y amplían los derechos y se establecen medidas a favor de los que padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, ofrece la posibilidad de adquirir la nacionalidad a los descendientes hasta el primer grado, pero deja fuera a los nietos de aquellas españolas de origen, nacidas en España y casadas con un no español antes de la entrada en vigor la Constitución de 1978 y que perdían la nacionalidad al contraer matrimonio con un no español. También a los hijos mayores de edad de quienes obtuvieron la nacionalidad de origen mediante la Ley de 2007, así como a los nietos de españoles nacionalizados al país de acogida por cuestiones económicas antes del nacimiento de su hijo y a los nietos que habiendo ostentado la nacionalidad la perdieron por no ratificar su deseo de conservarla al cumplir la mayoría de edad.

“Estas situaciones –según el Grupo Parlamentario– comprometen el estatus jurídico de los españoles en el exterior, en especial de sus familias, por darse casos donde en un núcleo familiar unos son españoles y otros no, con todas las complicaciones que generan las asimetrías en cuanto al acceso de la nacionalidad”.

La Proposición de Ley que lleva Podemos al Congreso dispone que las solicitudes de adquisición de la nacionalidad habrán de ser resueltas en el plazo máximo de seis meses desde que se hubiese entregado toda la documentación en el registro civil consular.