Asegura que hay que adaptar el contenido “a las actuales circunstancias históricas”

El Gobierno suprime la Medalla de Honor de la Emigración y crea un galardón para reconocer méritos en inclusión y migraciones

Después de 50 años de su creación, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones suprime la Medalla de Honor de la Emigración para instaurar “un sistema de reconocimiento de méritos en relación con las políticas de inclusión y migraciones”, según se recoge en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado jueves, día 9.

El Gobierno suprime la Medalla de Honor de la Emigración y crea un galardón para reconocer méritos en inclusión y migraciones

Hay que recordar que la Medalla de Honor de la Emigración se creó en 1969 como un título honorífico que simbolizaba el reconocimiento y la gratitud del Estado español a aquellas personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, así como a instituciones públicas o privadas, que hubieran prestado servicios eminentes al emigrante o a España.

El texto asegura que, tras 50 años desde su puesta en marcha y teniendo en cuenta la constitución de España como Estado social y democrático de derecho, así como las reformas en el ámbito competencial, “resulta necesario modernizar, completar y adaptar su contenido a las actuales circunstancias históricas”.

En esta Orden se explica que este nuevo galardón tiene como finalidad reconocer los méritos de aquellas personas físicas y jurídicas y de las entidades, tanto españolas como extranjeras, “que se hayan distinguido por sus actividades en materia de emigración, inmigración, atención humanitaria, protección internacional, protección temporal o inclusión, o que hayan prestado relevantes servicios a los intereses de las personas migrantes, personas destinatarias del sistema de protección internacional y temporal o colectivos vulnerables, desfavorecidos o en situación o riesgo de exclusión social”.

La concesión de este nuevo galardón, que al igual que el anterior no incluye ningún tipo de dotación económica, se acreditará mediante un diploma firmado por el titular del Ministerio. Además, se podrá entregar un símbolo representativo consistente en una medalla, placa u otro símbolo de naturaleza artística.

En concreto, serán susceptibles de recibir este nuevo galardón, las personas físicas o jurídicas que hayan destacado por su dedicación extraordinaria en favor de colectivos emigrantes, inmigrantes, personas destinatarias del sistema de protección internacional y temporal, personas vulnerables, desfavorecidas o en situación o riesgo de exclusión social; aquellos que hayan prestado servicios extraordinarios en favor de estos colectivos; y quienes hayan prestado servicios relevantes al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en este ámbito.

También podrán recibirlo aquellas personas o entidades que hayan colaborado de manera destacada en el estudio o investigación de las migraciones y la inclusión; así como quienes hayan llevado a cabo actuaciones meritorias de apoyo a la inclusión social e integración laboral de los españoles en el exterior y la defensa de los vínculos de los emigrantes y sus descendientes con España y sus comunidades autónomas o entidades locales.

Aquellos que hayan prestado ayuda a las personas migrantes en su proceso de retorno a su país de origen y que hayan contribuido a salvar las dificultades inherentes a las migraciones y la movilidad humana también podrán optar al galardón que, además, podrán recibir quienes hayan prestado servicios extraordinarios en apoyo a las personas exiliadas.

La Secretaría General Técnica llevará un libro registro en el que se hará constar la concesión de la distinción y, en su caso, su símbolo representativo. En este libro se integrará el registro de receptores de la Medalla de Honor de la Emigración “a efectos de evitar posibles duplicidades en la concesión”.