El Gobierno convoca las subvenciones para españoles condenados a la pena de muerte y las entidades que les asisten
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica, este miércoles 26, el extracto de la Orden por la que se convocan las ayudas a los españoles condenados a penas de muerte y las entidades que les asisten.
El objetivo de estas subvenciones es ayudar a la defensa jurídica de ciudadanos españoles sometidos a juicio en el extranjero acusados de delitos que puedan ser castigados con pena de muerte. Una vez formalizada la acusación, sólo se podrán conceder o, en su caso, mantener las ayudas para la defensa de aquellos acusados españoles para quienes el Ministerio Fiscal o institución equivalente o una acusación particular hayan solicitado efectivamente la pena de muerte.
También podrán ser utilizadas estas subvenciones en los procesos de revisión o repetición de juicios, de recursos de sentencias condenatorias o de solicitud de indulto o conmutación de pena a favor de aquellos que ya hayan sido condenados a la pena de muerte.
El importe total máximo de la subvención es de 30.000 euros y el plazo de presentación de las solicitudes es de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOE.