CURSOS PARA PROFESORES DE ESPAÑOL EN BRASIL

Entra en vigor el acuerdo hispano-brasileño sobre permisos de conducir

Este martes, día 7, entra en vigor el acuerdo hispano-brasileño sobre reconocimiento recíproco de los permisos de conducir según lo publicado en el BOE de 12/03/2009 de España y el Diario Oficial de la Unión de Brasil nº 52 de 18/03/2009.
Entra en vigor el acuerdo hispano-brasileño sobre permisos de conducir
Este martes, día 7, entra en vigor el acuerdo hispano-brasileño sobre reconocimiento recíproco de los permisos de conducir según lo publicado en el BOE de 12/03/2009 de España y el Diario Oficial de la Unión de Brasil nº 52 de 18/03/2009.
El Boletín Informativo de la colectividad española de São Paulo, que recoge la noticia, destaca de este acuerdo que reconoce una validez temporal de 180 días a los permisos de conducir en el otro país, de modo que un permiso de conducir español será válido en Brasil durante 180 días como máximo, sin necesidad de canje, y lo mismo sucederá en España con los permisos de conducir emitidos en Brasil; y que pasado ese plazo el residente legal en cada país podrá canjear su permiso de conducir (en España, ante la Dirección General de Tráfico (www.dgt.es), en Brasil ante el Denatran (www.denatran.gov.br).
También que sólo será necesaria prueba de conocimientos para realizar el canje en Brasil, para obtener los permisos C, D y E o en España, para obtener los permisos C1, C1+E, C+E, D1, D, D1+E, D+E. En todo caso, y aunque no exista prueba de conocimientos, cada Estado podrá fijar trámites administrativos para efectuar el canje (tasa, antecedentes penales, certificado médico, etc.).
Resalta asimismo que todos los permisos de conducir emitidos hasta el 7 de abril de 2009 son canjeables. Para los emitidos con posterioridad a esa fecha, sólo serán canjeables los permisos que se hayan emitido antes de obtener la residencia legal en el país donde se pretendan canjear. Así, por ejemplo, un español que fije su residencia legal en Brasil el 12 de abril de 2009, sólo podrá canjear su permiso español si es anterior al 12 de abril de 2009. Si a fecha 12 de abril de 2009 aún no tuviera permiso de conducir, entonces deberá obtenerlo directamente en Brasil. Y viceversa, el sistema funciona de la misma manera para los permisos emitidos en Brasil.


Curso de verano para profesores de español en Brasil
El Boletín también informa de que el Ministerio español de Educación, Política Social y Deporte convoca 45 becas para profesores de español de Brasil para participar en los Cursos de Verano que tendrán lugar en la Universidad de Granada y en la Universidad de Santiago de Compostela del 13 al 31 de julio de 2009.
La beca incluye: actividad académica, gastos de alojamiento y manutención, seguro médico, materiales didácticos, actividades complementarias, y una bolsa de viaje de 265,05 euros. Están excluidos los pasajes de ida y vuelta.
Para acceder a las becas es necesario, por orden de prioridad, ser profesor de Español como Lengua Extranjera (ELE) en ejercicio en centros de la red pública, ser profesor de ELE en ejercicio en centros de la red privada o ser licenciado en Letras/Español.
El profesorado de nacionalidad española o de países de habla hispana podrá solicitar únicamente las becas del Curso de Didáctica del Español (10-UGR).
No podrán solicitar estas becas los profesores que hayan disfrutado de alguna de ellas en los tres últimos años, ni tampoco los profesores que estén participando en programas del Ministerio o de otras instituciones u organismos españoles en el exterior (Instituto Cervantes, Lectorados, etc.).
Se valorará la participación en algún Curso de Actualización organizado por la Consejería de Educación y ser miembro activo de alguna Asociación de Profesores de Español. El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 14 de abril de 2009.