La reforma entró en vigor el pasado 1 de abril

La Embajada de España recuerda los cambios en las condiciones del contrato de trabajo en Alemania

La Consejería de Empleo y Seguridad Social de la Embajada de España en Alemania ha publicado una nota informativa en la que explica los últimos cambios producidos en las condiciones de los trabajadores temporales en régimen de cesión y en los contratos por obra, por parte del Gobierno alemán.

La Embajada de España recuerda los cambios en las condiciones del contrato de trabajo en Alemania

La Consejería de Empleo y Seguridad Social de la Embajada de España en Alemania ha publicado una nota informativa en la que explica los últimos cambios producidos en las condiciones de los trabajadores temporales en régimen de cesión y en los contratos por obra, por parte del Gobierno alemán.

Según explican, la reforma que entró en vigor el pasado 1 de abril obliga a que las empresas equiparen el salario de los trabajadores en régimen de cesión, a través de ETT (Empresas de Trabajo Temporal), tras nueve meses de contrato. Además, estos trabajadores tendrán otros beneficios como inclusión en sistemas empresariales de seguro sanitario o la participación en beneficios de la empresa.

Esta equiparación podrá posponerse hasta 15 meses cuando se apliquen los convenios colectivos sobre complementos salariales del sector del trabajo temporal. En estos casos, el complemento deberá comenzar a aplicarse como muy tarde a las seis semanas del contrato.

La duración máxima de los contratos temporales será de 18 meses. Pasado ese tiempo la nueva legislación dice que deberán ser contratados o retirados por la ETT. Además los periodos de trabajo para un empresas, ya sea con la misma ETT o con distintas, se sumarán siempre y cuando no hayan pasado seis meses entre las diferentes contrataciones. En todo caso, se especifica que cada sector podrán marcar en el convenio periodos de contratación mayores a los 18 meses.

El otro punto destacado de este cambio es la prohibición de la utilización de trabajadores temporales para sustituir a trabajadores en huelga.

Respecto al contrato por obra, la nota informativa de la Consejería de Empleo en Berlín explica que se elimina la posibilidad de transformar los contratos por obra en contratos temporales. Esta modificación legislativa también recoge una mejora en el derecho de los comités de empresa a recibir información acerca del número de trabajadores con contratos de obra y de la actividad realizada.